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Si no votás el domingo, estos son los pasos que tenés que seguir para justificar

Si te encontrás a más de 500 km, estás enfermo o tenés otro impedimento, enterate cómo podés justificar tu ausencia a los comicios.

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10-08-2019 10:53

El próximo domingo 11 de agosto se llevarán a cabo las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en todo el territorio argentino. Tal como su nombre lo indica, no son opcionales, todos los ciudadanos que estén habilitados en el padrón deberán emitir su voto y quienes no lo hagan podrán ser sancionados.

La multa estipulada por no ir a votar, llamativamente, es casi insignificante. La Justicia Nacional Electoral multará a quienes no vayan a votar a las PASO con 50 pesos. En caso de no asistir a las elecciones generales del 27 de octubre, esa cifra se duplicará y llegará a los 100 pesos.

Cabe destacar que esa multa no se impondrá en caso de que la persona justifique su inasistencia ante la Secretaría Electoral Nacional Distrito Jujuy (San Martín 1196) con un certificado de salud o bien una constancia policial. Ahora... ¿En qué casos se puede justificar?

EXTRAVÍO DE DOCUMENTO

En caso de haber perdido o no contar con el DNI, el ciudadano no podrá presentarse a votar a pesar de que esté incluido en el padrón.

En este sentido es importante resaltar que tampoco podrán sufragar con una constancia de DNI en trámite, ya que no se considera probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite.

DISTANCIA DE MÁS DE 500 KM DEL LUGAR DE VOTACIÓN

En caso de que en el día de la elección te encuentres a más de 500 kilómetros de tu lugar de votación, podés acercarte a la comisaría más cercana (hasta las 18 horas del domingo) y pedir un certificado como prueba que acredite la distancia del domicilio que figura en su DNI.

Luego, tenés 60 días para presentarte ante la Secretaría Electoral correspondiente a tu domicilio y llevar el certificado para justificar tu ausencia.

ENFERMEDAD

El ciudadano deberá obtener una constancia de médicos del servicio de sanidad nacional; de médicos oficiales, provinciales o municipales; o de médicos particulares.

Tras los comicios, deberá presentar el certificado médico en la Secretaria Electoral de la zona de su domicilio dentro de los 60 días después de celebrada la elección.

ENCONTRARSE FUERA DE LA ARGENTINA

Si vivís en otro país, también podés votar; para eso tenés que estar inscripto en el registro de electores argentinos residentes en el exterior.

En caso de no haberte registrado antes del 30 de abril de 2019, deberás justificar la no emisión de tu voto a partir del 12 de agosto y 60 días posteriores a los comicios por alguna de las siguientes formas personales:

1-Acercate a la Embajada o Consulado Argentino más cercano a la ciudad en la que te encuentres en el exterior. Encontralos en el Listado de Representaciones Consulares.

2-Presentate a tu regreso ante la Secretaría Electoral que corresponda a tu domicilio en Argentina.

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