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SANCIÓN

Conmebol sancionó a Racing con 100 mil dólares por insultos racistas

La entidad que rige los destinos del fútbol sudamericano le dará un plazo de siete días al club de Avellaneda para apelar la medida.

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 24-05-2023 13:37

Después de la victoria de Racing en Ecuador ante Aucas, la Confederación Sudamericana de Fútbol emitió un comunicado en el que informó que multó al club de Avellaneda por los insultos racistas de los fanáticos locales contra hinchas y jugadores del Flamengo durante el duelo que se jugó en el estadio Juan Domingo Perón el pasado 4 de mayo y terminó 1-1 con goles de Gabigol y Nicolás Oroz.

Por dicha sanción, la Academia está obligada a pagar una multa de 100 mil dólares “por la infracción al artículo 15.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio”, indicó la entidad que maneja el destino del fútbol sudamericano.

La apelación deberá ser presentada por Racing en los próximos siete días. Asimismo, se le hizo saber al club que " en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar”, citó el informe.

De esta manera, el equipo que dirige Fernando Gago se podría exponer a una futura sanción en caso de que se repitan los insultos en el Cilindro en un próximo encuentro por la máxima competencia de clubes en el fútbol de Sudamericana.

¿Qué dice el artículo 27 del Código Disciplinario de la entidad? 

“Se considerará que ha habido reincidencia cuando se haya cometido una segunda infracción de naturaleza y gravedad similares con posterioridad a la notificación de una decisión anterior conforme a los siguientes plazos: a. Un (1) año desde la infracción anterior en caso de que dicha infracción hubiera sido sancionada con una suspensión de hasta dos partidos. b. Dos (2) años desde la infracción anterior en caso de que dicha infracción guardase relación con el orden y la seguridad. c. Diez (10) años desde la infracción anterior en caso de que dicha infracción guardase relación con la manipulación de partidos o la corrupción. d. Tres (3) años desde la infracción anterior en el resto de los casos. 2. La reincidencia constituye una circunstancia agravante. 3. La reincidencia en materia de dopaje se rige por las disposiciones del Reglamento Antidopaje de la CONMEBOL”.

La sanción contra el conjunto argentino se produce el día después de la victoria en Ecuador. Por la fecha 4 del Grupo A de la Libertadores, el equipo de Gago defendió su liderazgo de la zona (llegó a los 10 puntos) en la altura de Quito y triunfo 2-1 gracias a los tantos de Nicolás Reniero y Gabriel Rojas. En el caso que Flamengo consiga un triunfo en su visita a Chile para enfrentar a Ñublense, la Academia se clasificará a los octavos de final del certamen.

Fuente: Infobae

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