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Cuándo comienza la veda electoral y qué cosas no se podrán hacer

Recordá las prohibiciones que establece el Código Nacional Electoral para garantizar el orden el próximo domingo.

24-10-2019 15:16

Como marca el cronograma electoral, este viernes 25 de octubre a partir de las 8 de la mañana, da inicio la veda electoral de cara a los comicios del domingo.

Los candidatos a la presidencia y a los cargos legislativos que se eligen este año, no podrán realizar declaraciones ni actos proselitistas hasta el cierre de los comicios estipulado para las 18 horas. Tampoco se podrán publicar ni difundir resultados ni encuestas como las boca de urna hasta las 21 horas del domingo.

Aparte de lo que no podrán hacer los candidatos y partidos políticos, el Código Nacional Electoral incluye otro tipo de prohibiciones para garantizar el orden el día de la votación.

No están permitidos la venta de bebidas alcohólicas y la realización de espectáculos ni otras actividades públicas.

Tampoco se pueden entregar boletas partidarias a menos de 80 metros de los lugares habilitados para votar.

Según el artículo 71 del Código Electoral , durante la jornada electoral queda prohibido:

Que los electores se reúnan en grupos a menos de 80 metros de las mesas de votación.

Los espectáculos o eventos deportivos, ya sean al aire libre o en recintos cerrados, hasta pasadas tres horas del cierre de los comicios.

La venta de bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado hasta tres horas después del cierre de las urnas.

Repartir boletas en un radio de 80 metros de los lugares de votación.

El uso de banderas o cualquier símbolo partidario.

Los actos de proselitismo.

La difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados.

La apertura de locales partidarios si están ubicados a menos de 80 metros de los lugares de votación.

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