¿Quiénes deben presentar el permiso para circular en la vía pública?
Ante las dudas que aún existen respecto al permiso que debemos presentar a la hora de circular en la vía pública, desde el Ministerio de Seguridad aclararon que quienes se dirigen al supermercado, algún comercio cercano al domicilio, o a la farmacia NO tienen que presentarlo.
Las personas que están exceptuadas de realizar el aislamiento obligatorio, y SI tienen que presentar la declaración jurada son aquellas que necesitan llegar a sus lugares de trabajo (actividades previstas en el DNU 297).
Al respecto, el director de Emergencias, Guillermo Siri aclaró: “puede llegar a haber una multa en el caso de que el efectivo policial solicite el DNI en donde figura el domicilio de la persona y esta se encuentre en un sector o barrio alejado a su casa”.
El permiso de Nación será el único válido para circular desde el lunes 13
El Comité Operativo de Emergencias determinó que a partir de este lunes 13 de abril, el único permiso válido para circular será el que emite el Gobierno Nacional.
El documento tiene el carácter de declaración jurada, y debe presentarse ante las autoridades de la provincia que lo requieran. Permite la circulación de las personas, y deja sin validez a trámites y permisos regulares que hasta el momento se manipulaban en nuestra provincia.
Para gestionar el permiso de Nación, se debe ingresar a un portal de trámites a distancia. La página es www.tramitesadistancia.gob.ar, allí se deben completar los datos personales, imprimir el formulario y firmarlo.
El director de Emergencias, Guillermo Siri, aclaró que no es necesario que esta certificación sea firmada por la autoridad policial para comenzar a utilizarla.
Información oficial:
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