Jujuy
7 DE MAYO

Elecciones provinciales: más de 586 mil jujeños están habilitados para votar

El 7 de mayo, se recurrirán a las urnas para votar Gobernador/a y vicegobernador, diputados provinciales, intendentes, concejales, vocales de comisiones municipales y convenciones constituyentes.

ELECCIONES
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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 27-04-2023 12:00

A más de una semana de vivir las elecciones provinciales del 7 de mayo en Jujuy, el Tribunal Electoral Permanente de la provincia de Jujuy informó la cantidad de electores habilitados para votar.

Según el padrón emitido, un total de 586.870 jujeños pueden emitir su sufragio. El departamento Doctor Manuel Belgrano está conformado por 228.721 electores, siendo la ciudad en la cual mayor cantidad de personas pueden votar.

En detalle, todas los electores que tienen los departamentos de Jujuy:

  • Departamento El Carmen: 83.307
  • Departamento Ledesma: 68.817
  • Departamento San Pedro: 65.448
  • Departamento Palpalá: 48.152
  • Departamento Yavi: 18.125
  • Departamento Santa Bárbara: 15.347
  • Departamento de Humahuaca: 14.662
  • Departamento de Tilcara: 11.805
  • Departamento Cochinoca: 11.108
  • Departamento San Antonio: 5.917
  • Departamento de Tumbaya: 5.050
  • Departamento Susques: 3.424
  • Departamento Valle Grande: 2.833
  • Departamento Santa Catalina: 2.590
  • Departamento Rinconada: 1.564

Qué cargos se votan 

El domingo 7 de mayo en Jujuy se elegirán a autoridades locales, tanto del Ejecutivo como del Legislativo. En esta ocasión, los electores votarán también por convencionales constituyentes, es decir por las 48 personas que conformación la Convención que abordará la reforma de la Constitución de Jujuy.

De ese modo, los cargos que se definen son:

  • Gobernador/a y vice
  • 24 diputados provinciales
  • Intendentes/as
  • Concejales
  • Vocales de Comisiones Municipales
  • Convencionales constituyentes

Cómo consultar el padrón para las elecciones 

El Tribunal Electoral de Jujuy informó que el Registro Nacional de Electores Definitivo para las elecciones provinciales del 7 de mayo fue publicado y está disponible para su consulta.

Los ciudadanos deben ingresar al sitio web www.padronjujuy.gob.ar para conocer el distrito, establecimiento y mesa donde deberán emitir el sufragio.

Al entrar en la página, se solicita un solo dato, el número de DNI, para acceder al detalle. Tras poner el documento, surge la siguiente información:

  • Tipo y número de DNI
  • Género
  • Clase
  • Domicilio
  • Sección y circuito
  • Municipio
  • Mesa y orden
  • Establecimiento y dirección

¿Con qué documentos se puede votar?

Alejandro Glück, el secretario de Tribunal Electoral Permanente de Jujuy, se refirió al proceso eleccionario en diálogo con Canal 7, detallando cuáles son los documentos válidos para emitir el sufragio. El funcionario indicó que el votante podrá ejercer su derecho "con el DNI registrado en el padrón o un ejemplar subsiguiente".

Asimismo, informó que "el DNI del celular no es válido para concurrir a las urnas,  es decir el digital o virtual". En ese sentido recordó que "sirve para otras cuestiones pero no para salir del país o votar".

A su vez, Zapana tambíen indicó que los jujeños no pueden votar con la constancia del trámite que emiten desde la oficina de Documentación.

 

Documentos válidos para votar en Jujuy

Qué se elegirá en cada departamento 

1.- DEPARTAMENTO DR. MANUEL BELGRANO

a) Municipalidad de San Salvador de Jujuy: un (1) Intendente Municipal, seis (6) Concejales titulares y cuatro (4) Concejales suplentes.

b) Municipalidad de Yala: un (1) Intendente Municipal, dos (2) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

2.- DEPARTAMENTO LEDESMA

a) Municipalidad de Libertador General San Martín: un (1) Intendente Municipal, cuatro (4) Concejales titulares y tres (3) Concejales suplentes.

b) Municipalidad de Calilegua: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

c) Municipalidad de Fraile Pintado: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

d) Municipalidad de Yuto: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

e) Municipalidad de Caimancito: un (1) Intendente Municipal, dos (2) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

3.- DEPARTAMENTO SAN PEDRO

a) Municipalidad de San Pedro de Jujuy: un (1) Intendente Municipal, cuatro (4) Concejales titulares y tres (3) Concejales suplentes.

b) Municipalidad de La Esperanza: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

c) Municipalidad de La Mendieta: un (1) Intendente Municipal, dos (2) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

d) Comisión Municipal de Rodeito: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

e) Comisión Municipal de Arrayanal: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

f) Comisión Municipal de Rosario del Río Grande (ex lote Barro Negro): dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

4.- DEPARTAMENTO PALPALÁ

a) Municipalidad de Palpalá: un (1) Intendente Municipal, cuatro (4) Concejales titulares y tres (3) Concejales suplentes.

5.- DEPARTAMENTO EL CARMEN

a) Municipalidad de El Carmen: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

b) Municipalidad de Perico: un (1) Intendente Municipal, cuatro (4) Concejales titulares y tres (3) Concejales suplentes.

c) Municipalidad de Monterrico: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

d) Municipalidad de Puesto Viejo: un (1) Intendente Municipal, dos (2) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

e) Municipalidad de Pampa Blanca: un (1) Intendente Municipal, dos (2) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

f) Municipalidad de Aguas Calientes: un (1) Intendente Municipal, dos (2) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

6.- DEPARTAMENTO SAN ANTONIO

a) Municipalidad de San Antonio: un (1) Intendente Municipal, dos (2) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

7.- DEPARTAMENTO HUMAHUACA

a) Municipalidad de Humahuaca: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

b) Municipalidad de El Aguilar: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

c) Comisión Municipal de Tres Cruces: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

d) Comisión Municipal de Hipólito Irigoyen: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

e) Comisión Municipal de Palca de Aparzo: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

f) Comisión Municipal de Uquía: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

8.- DEPARTAMENTO TILCARA

a) Municipalidad de Tilcara: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

b) Municipalidad de Maimará: un (1) Intendente Municipal, dos (2) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.
c) Comisión Municipal de Huacalera: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

9.- DEPARTAMENTO TUMBAYA

a) Comisión Municipal de Tumbaya: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

b) Comisión Municipal de El Moreno: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

c) Comisión Municipal de Volcán: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

d) Comisión Municipal de Purmamarca: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

10.- DEPARTAMENTO VALLE GRANDE

a) Comisión Municipal de Pampichuela: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

b) Comisión Municipal de San Francisco: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

c) Comisión Municipal de Valle Grande: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

d) Comisión Municipal de Santa Ana: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

e) Comisión Municipal de Caspalá: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

11.- DEPARTAMENTO SANTA BARBARA

a) Municipalidad de El Talar: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

b) Municipalidad de Santa Clara: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

c) Municipalidad de Palma Sola: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

d) Comisión Municipal de Vinalito: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

e) Comisión Municipal de El Piquete: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

f) Comisión Municipal de El Fuerte: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

12.- DEPARTAMENTO COCHINOCA

a) Municipalidad de Abra Pampa: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

b) Comisión Municipal de Puesto del Marqués: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

c) Comisión Municipal de Barrancas: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

d) Comisión Municipal de Abralaite: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

13.- DEPARTAMENTO YAVI

a) Municipalidad de La Quiaca: un (1) Intendente Municipal, tres (3) Concejales titulares y dos (2) Concejales suplentes.

b) Comisión Municipal de Yavi: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

c) Comisión Municipal de Pumahuasi: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

d) Comisión Municipal de Barrios: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

e) Comisión Municipal de El Cóndor: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

f) Comisión Municipal de Cangrejillos: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

14.- DEPARTAMENTO SANTA CATALINA

a) Comisión Municipal de Santa Catalina: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

b) Comisión Municipal de Cieneguillas: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

c) Comisión Municipal de Cusi-Cusi: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

15.- DEPARTAMENTO RINCONADA

a) Comisión Municipal de Rinconada: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

b) Comisión Municipal de Mina Pirquitas: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

16.- DEPARTAMENTO SUSQUES

a) Comisión Municipal de Susques: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

b) Comisión Municipal de Coranzulí: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.

c) Comisión Municipal de Catua: dos (2) Miembros titulares y dos (2) Miembros suplentes.