Jujuy
VEDA ELECTORAL

Superclásico en Jujuy: no podrán abrir los bares y confiterías para el partido de River y Boca

En el marco del desarrollo de los comicios electorales del 7 de mayo en Jujuy, los eventos y reuniones masivas están totalmente prohibidos como así también el expendio de bebidas alcohólicas. Quienes infrinjan las leyes podrán ser multados hasta con 6 meses de prisión.

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 05-05-2023 09:26

Este 7 de mayo se vivirá un Superclásico entre Boca y River por la fecha 15 de la Liga Profesional. En este sentido, los hinchas que residen en Jujuy no lo podrán disfrutar como en el resto del país ya que están prohibidas las reuniones masivas. 

La prohibición se debe al desarrollo de las elecciones provinciales del domingo 7 de mayo. En este sentido el Sub Comisario, Guillermo Leaño, perteneciente a la Dirección Administrativa Digital REBA, dialogó con Canal 7 sobre cuáles son las prohibiciones en torno a la veda electoral. 

Leaño remarcó: “Están totalmente prohibidos los eventos masivos. El domingo se va a llevar adelante el Superclásico y tenemos la prohibición porque se encuentra en pleno período de veda por lo que todas las confiterías y bares deben estar cerrados”. 

superclasico river boca 2023
Superclásico: River y Boca se enfrentarán el 7 de mayo

Veda electoral y prohibición de venta de bebidas alcohólicas en Jujuy

Al respecto el Sub Comisario explicó que se va a hacer uso del Código Electoral por lo que a partir del sábado 6 desde las 20 horas hasta el domingo 7 a las 21 horas está prohibido la venta y el suministro de bebidas alcohólicas.

Es decir, todos los bares deben permanecer cerrados“en caso contrario se va  hacer uso de los que establece el Código Electoral donde las infracciones o multas van a ser de 15 a 6 meses de prisión tanto para los locales que tengan apertura para la venta de bebidas alcohólicas como para aquellos eventos que se realicen en esa franca horaria”. 

Comenzó la veda electoral en Jujuy: qué actividades están prohibidas

Entre las principales prohibiciones están todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

Asimismo, según el artículo 71 del Código Electoral, las otras acciones y actividades que están restringidas son las siguientes:

  • Actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Es decir, hasta las 21 del domingo 7 de mayo.
  • Está restringida la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 del domingo.
  • Tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.
  • Está prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Veda electoral - Foto de archivo
Veda electoral - Foto de archivo