Legislativas 2021

Elecciones legislativas: cómo saber si puedo votar el 14 de noviembre

Para participar de los comicios es necesario figurar en el padrón electoral. Cómo revisarlo y qué documentos están habilitados.

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07-11-2021 11:01

Para poder votar en las próximas Elecciones Legislativas 2021, es necesario estar registrado en el padrón electoral que elabora el Ministerio del Interior. La versión definitiva de este documento ya se encuentra publicada.

La Cámara Nacional Electoral, el tribunal a cargo del cumplimiento de la legislación relacionada con los comicios, instó a los ciudadanos a consultar el padrón electoral para saber si están habilitados a votar el próximo domingo 14 de noviembre.

Se presentarán en esta instancia electoral los espacios políticos que consiguieron el 1,5% de los votos en sus jurisdicciones, tratándose del piso que establece la ley electoral para atravesar las elecciones Paso, que tuvieron lugar el domingo 12 de septiembre.

Las personas que hayan faltado a las Paso también tienen la obligación de ir a votar en las elecciones generales. Para evitar recibir la multa y las penalizaciones por ausentarse sin justificar en una elección nacional, los interesados tienen hasta el 11 de noviembre para presentar su justificación en el Registro de Infractores al Deber de Votar de la Cámara Nacional Electoral.

No podrán votar quienes no figuren en el padrón, por lo que la Cámara Nacional Electoral recomienda revisarlo. Además, a pesar de haber votado en las Paso, es necesario realizar la búsqueda nuevamente por la posibilidad de un cambio de sede.

Para consultar el Registro, es necesario completar el número de DNI, su género y el distrito de pertenencia, además de una rápida verificación. Tras completar el formulario, se mostrará la siguiente información al usuario:

Nombre del establecimiento electoral designado

Dirección exacta

Número de mesa

Número de orden

¿HASTA QUÉ EDAD ES OBLIGATORIO IR A VOTAR?

Hay ciertos grupos poblacionales que están eximidos de votar. Es decir, que en su caso presentarse al colegio electoral es optativo. Ellos son:

Las personas que tengan más de 70 años o entre 16 y 18 años.

Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Deberán obtener el certificado en la comisaría más próxima y luego subir la documentación en el sitio web de la CNE.

Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.

El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir a los comicios durante su desarrollo.

Fuente: La Nación.

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