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El nuevo Código Penal prevé la despenalización del consumo de drogas

El proyecto de la reforma exime de sanciones a los consumidores que tengan escasa cantidad y en el ámbito de la privacidad. Además, aumentan las penas para grandes narcos.

17-07-2018 15:15

De la jurisprudencia a una ley. Del precedente, a la norma. Con la intención de que el combate se centralice verdaderamente en el narcotráfico y no se disfrace con detenciones a los consumidores que aumentan la estadística pero no resuelven el problema del mercado negro, el proyecto del nuevo Código Penal argentino trae una novedad en favor de las libertades individuales: la despenalización del consumo de drogas y del autocultivo de marihuana.

Altas fuentes judiciales confirmaron a Infobae que entre los 540 artículos que componen el Código aparece finalmente este nuevo aspecto, sobre el que vienen reclamando organizaciones y legisladores desde hace décadas. El proyecto lo recibirá el presidenteMauricio Macri el 21 de agosto y luego lo enviará al Senado para su tratamiento, discusión y votación.

La modificación, sobre la que viene trabajando la Comisión de la Reforma del Código, que preside el juez federal de Casación Penal Mariano Borinsky, no "libera" el consumo, sino que establece ciertas pautas relacionadas a la intimidad del usuario de las sustancias, la cantidad y la afectación a terceros.

La despenalización queda establecida en varios artículos del nuevo Código, dentro de los "delitos de narcotráfico y relacionados con estupefacientes". Según las fuentes consultadas, el proyecto marca que la tenencia para consumo seguirá siendo delito, excepto que haya "escasa cantidad" y en el "ámbito de privacidad". Los mismos estándares se utilizarán para evaluar cultivos personales de cannabis.

La nueva norma dice que la conducta para uso personal con escasa cantidad no será punible si la tenencia no hubiere trascendido el ámbito de la privacidad. Es decir que latenencia para consumo personal en baja cantidad estará contemplada con un castigo de un mes a dos años de prisión, excepto que sea dentro del marco privado. Lo mismo corre para el autocultivo de marihuana y la tenencia de semillas.

La discusión se dará cuando haya que definir cuánto es "escasa" cantidad y cuáles son los límites de la privacidad. Fuentes judiciales explicaron que la decisión correrá por cuenta del juez o del fiscal que tenga la causa. "No se puede establecer en la norma cuánto es escasa cantidad porque eso depende de muchas circunstancias y deberá valorarlas el juez", detallaron a Infobae.

Fuente: Infobae

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