Nacionales

Condenaron al exatleta olímpico Federico Molinari por grooming contra una de sus alumnas

La Justicia dictó una pena de ejecución condicional para el deportista tras comprobarse el acoso virtual hacia una menor de edad en Buenos Aires
federico molinari dfvgfb
Somos Jujuy 17-07-2026
Compartir

El exatleta olímpico Federico Martín Molinari fue condenado a la pena de un año y ocho meses de prisión en ejecución condicional tras ser hallado culpable del delito de grooming en perjuicio de una adolescente que asistía como alumna a su gimnasio de la localidad bonaerense de Don Torcuato.

La resolución fue dictada por la jueza Mariela Quintana, titular del Juzgado Correccional N.º 3 de San Isidro. La magistrada determinó además que, por un periodo de dos años, el condenado deberá fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados y realizar un tratamiento psicológico especializado con perspectiva de violencia de género, según informó el medio TN.

El origen de la denuncia judicial

La causa penal se inició en marzo de 2023 a partir de la presentación realizada por la madre de la víctima, una joven oriunda de la provincia de Mendoza que tenía 16 años al momento en que ocurrieron los hechos. La mujer denunció que el preparador físico le enviaba mensajes inapropiados mediante la red social Instagram.

A raíz de esta situación, la adolescente vio frustrado su objetivo de instalarse en Buenos Aires para entrenar gimnasia de alto rendimiento. Posteriormente, en abril de 2025, el fiscal Gonzalo Acosta solicitó la elevación a juicio al considerar que existían elementos suficientes contemplados en el artículo 131 del Código Penal, el cual sanciona la captación digital de menores con fines sexuales.

Los mensajes que constan en la causa

Durante la etapa investigativa trascendieron los textos que el exdeportista le enviaba a la menor de edad. En las comunicaciones digitales, el acusado utilizaba frases como “estás muy linda, te hizo bien conectar con la familia” o “cuando te vea en el gimnasio me voy a poner rojo como un tomate”.

Asimismo, los registros demostraron que el imputado intentaba ocultar el contacto digital mediante advertencias explícitas hacia la alumna, exigiéndole: “Pasalo a modo efímero porque estoy al horno”.

Repercusiones de las partes y especialistas

Tras conocerse el veredicto, la abogada apoderada de la víctima, María Emilia García Márquez, manifestó su conformidad con el fallo condenatorio, aunque señaló que la pena impuesta no resulta suficiente ante la magnitud del daño. La letrada cuestionó también la pasividad de las instituciones de contralor de la gimnasia deportiva al momento de notificarse sobre el caso.

Por su parte, Hernán Navarro, director ejecutivo de la fundación Grooming Argentina, remarcó que este escenario expone la necesidad de debatir las escalas de pena vigentes para que reflejen el impacto real de este delito, al cual caracterizó como un secuestro emocional basado en la manipulación psicológica.