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Elecciones 2023: ¿quiénes están exentos de votar en las Paso?

Si bien el voto en las primarias del 13 de agosto es obligatorio, la ley establece algunas excepciones

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 07-08-2023 12:49

Las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) fueron creadas por el gobierno de Cristina Fernández Kirchner en 2009 para que los espacios políticos diriman sus candidaturas de cara a las elecciones generales.

Además, esta instancia electoral sirve como filtro, ya que de todas las fuerzas que se presenten solo llegarán a octubre aquellas que superen el 1,5% de los votos.

La Cámara Nacional Electoral fijó la fecha de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para el 13 de agosto y las generales para el 22 de octubre.

¿Quiénes están exentos de votar?

El artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en parte en el Código Nacional Electoral, establece que los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, como los mayores de 70, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a sufragar. Por eso, en estos casos, la emisión del voto es opcional y de no participar de las elecciones, su ausencia no necesita ser justificada.

Además, pesar de que el voto en los comicios nacionales es obligatorio, la ley establece algunas otras excepciones para determinados grupos de personas:

  • Quienes estén a más de 500 kilómetros del lugar de votación y tener una justificación válida que impida el traslado.
  • Quienes estén enfermos o imposibilitados de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se debe presentar una justificación.
  • Quienes formen parte de organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.
  • Ser juez o auxiliar y estar en funciones durante la elección.

¿Quiénes pueden votar?

En Argentina el voto es universal, igual, secreto, libre y obligatorio. Esto quiere decir, en primer lugar, que todos los argentinos y argentinas, independientemente de su sexo, raza, religión, son titulares del derecho al sufragio a partir de los 16 años de edad. El voto de todas las personas tiene el mismo valor; “secreto”, porque nadie está obligado a revelar su voto; “libre”, porque ninguna persona puede estar forzada a votar a determinada alianza política; y “obligatorio”, porque todo elector que se encuentre habilitado tiene el deber, por ley, de votar.

Cabe señalar que todos los electores o electoras que tengan 16 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar en las Elecciones Primarias y en las Elecciones Generales, según indica el Ministerio del Interior. Sin embargo, la legislación vigente que regula las elecciones establece algunas excepciones, exclusiones y precisiones con respecto a quiénes son los que pueden emitir el voto durante los comicios nacionales.

¿Quiénes están habilitados para votar?

El voto es obligatorio para todos los electores que tengan entre 18 y 70 años y no estén contemplados en las excepciones detalladas en la legislación. Así lo establece la Ley de Ciudadanía Argentina, la 26.674, que dice: “Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito”.

La legislación especifica que “son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad” que no estén inhabilitados por ley a emitir el voto.

Para poder votar, los ciudadanos deberán figurar en el padrón electoral y validar su identidad en el centro de votación con su documento de identidad.

Asimismo, el artículo 8 de la Ley 19.945 establece que “los que por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores con el objeto de concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario”.

Fuente: Infobae