Feriados y días no laborables: cuáles quedan para el resto del año
Comenzó julio y el calendario indica que, tanto para el mes, como para el resto del año, se avecinan varios feriados y también días no laborables.
Si bien en esta ocasión la cuarentena impide llevar a cabo las escapadas de fin de semana o los paseos extendidos, estos días resultarán ideales para descansar de las rutinas laborales con teletrabajo y del estudio en casa.
En lo que respecta a este mes, confluirán en el calendario un feriado inamovible y otro con fines turísticos (así establecido desde el año pasado), y una fiesta de sacrificio.
Se trata del jueves 9, feriado por el Día de la Independencia Nacional, el viernes 10, puente, y el viernes 31, solo para los habitantes que profesen la Religión Islámica, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 3 de la Ley N° 27.399.
¿Cuál es la diferencia entre feriados y días no laborables?
Uno de los interrogantes más habituales para los trabajadores que están en relación de dependencia, es si se cobra el feriado o no, y también aclarar la diferencia entre día no laborable y feriado:
-Feriado nacional: durante estos días los empleados no están obligados trabajar. Si trabajan, se les debe abonar el doble (un 100% más que un día normal).
-Día no laborable: el empleador tiene la decisión de hacer trabajar o no. Si se trabaja, el pago es el de un día normal, si no hay actividad, no se recupera otro día.
Los feriados y días no laborables del resto del año
- Agosto
Martes 11: no laborable por la Fiesta del Sacrificio, solo para habitantes que profesen la religión islámica.
Lunes 17: feriado por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
Miércoles 19: no laborable por el Año Nuevo Islámico. Solo para habitantes que profesen la religión islámica.
- Septiembre
Martes 29 y miércoles 30: no laborable por Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná). Solo para habitantes que profesen la religión judía.
- Octubre
Jueves 1:, no laborable por Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná). Solo para habitantes que profesen la religión judía.
Jueves 8 y viernes 9: no laborable por el Día del Perdón (Iom Kipur). Solo para habitantes que profesen la religión judía.
Lunes 12: feriado por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- Noviembre
Lunes 23: feriado por el Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20), y fin de semana largo.
- Diciembre
Lunes 7: no laboral con fines turísticos, y fin de semana extra largo.
Martes 8: feriado inamovible por la Inmaculada Concepción de María.
Viernes 25: feriado inamovible por Navidad.