CPN. Blanca Juarez

Actualidad económica internacional y argentina

Opinión de la contadora Blanca Juárez.

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06-01-2020 18:59

Las últimas noticias sobre la relación entre Estados Unidos de Norteamérica y China dan señal que se estaría avanzando hacia un acuerdo integral para superar lo que se conoce como “GUERRA COMERCIAL” entre ambas potencias, tal perspectivas se despliega en un momento en el cual el Presidente Donald Trump enfrenta un juicio político por parte del Partido Demócrata que tiene mayoría en la Cámara de Representantes, no así en la Senadores, el que lo podría llevar a su destitución, no siendo este un dato de menor importancia, en tanto que en China se anticipa que el crecimiento 2019 de su Producto Bruto Interno rondara el 6 % , el que llegaría a ser el más bajo en 30 años.

Por su parte nuestro País, a finalizado el año 2019 e iniciado el 2020 con los anuncios que en materia económica han tomado, y tal como suele suceder en estas circunstancias se abrieron grandes expectativas respecto de los lineamientos generales de política económica y social que decidió aplicar la nueva gestión, atento a que ha logrado la aprobación Parlamentaria de la Ley Nº 27.541, bajo el título de “Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública”. En su Artículo 1º dice Declarase la emergencia pública en materia financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria, social, y deléganse en el Poder Ejecutivo nacional, las facultades comprendidas en la presente ley en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases de delegación establecidas en el artículo 2º hasta el mes de diciembre de 2020”. En particular se delega la atribución de negociaciones en materia de deuda pública y externa, contando la citada norma con 88 artículos y un Anexo.

El tema que tomo mayor trascendencia fue que si bien la Ley no modifica la política de control de cambios, impone por cinco años un impuesto del 30 % en la adquisición de billetes y divisas en moneda extranjera y en el gasto de turismo en el exterior tanto en pasajes aéreos como en gastos de consumos con tarjetas de crédito y debito, se exceptúa de dicho tributo los gastos para salud, investigación y de las universidades y se establece que el destino de dichos recursos será el ANSES y PAMI.

En materia de Presupuesto de Gastos y Recursos del Gobierno Nacional se ha decidido que recién en el mes de marzo se elaboraría un nuevo proyecto para el año 2020, lo que significa que las pautas del Presupuesto 2019 seguirán vigentes

A través de la ley antes citada se dispuso mejorar los ingresos de los sectores mas desfavorecidos de la sociedad, determinando por Decreto el pago de un Bono a los jubilados de $ 5000,00, pero que en realidad ese sería el monto total a pagar siempre que la suma a percibir no superara los $ 19.000,00, por lo que el monto del Bono se determino entre lo que cobraba el jubilado y el techo oportunamente dispuesto, el que pagaría durante los meses Diciembre 2019 y Enero de 2020.

En relación a las empresa PYMES se establece un régimen de regularización de deudas y condonación de intereses y multas y estableciendo un sistema de modificación de las contribuciones patronales a la Seguridad Social. Por otra parte la decisión tomada en materia de Seguridad Social se hace a costa de eliminar el ajuste de las jubilaciones programado por el gobierno anterior que debía concretarse en el mes de Marzo venidero. Al mismo tiempo se suspende la vigencia de la movilidad jubilatoria con excepción de docentes en todos los niveles, de científicos y empleados del Poder Judicial de la Nación. Al margen de la Ley desde el Ministerio del Interior se anticipa que se estaría estudiando un proyecto para eliminar las jubilaciones de privilegio, respecto de la cual no han surgido novedades aun. Con el objetivo de aumentar la recaudación tributaria nacional se aumenta el Impuesto Internos para un sector de clase media y alta, particularmente a través de elevar considerablemente impuestos internos en la compra de automotores de media y alta gama. En materia energética y tarifaria se suspenden los aumentos por 180 días y se invita a las Provincias a seguir esta conducta, en materia Tributaria se aumenta el impuesto en Bienes Personales y en materia de emergencia sanitaria se libera de los derechos de importación a la compra de vacunas en el exterior.

El otro aspecto de importancia ha sido incluir, en el artículo 53 de la Ley, la segmentación de los derechos de exportación exceptuando de los mismos a una franja de pequeños y medianos productores agropecuarios de cereales y oleaginosos y estableciendo un mecanismo de compensaciones para los productores de menos de 600 toneladas de Soja cuya aplicación tenía que ser incluida en a Reglamentación de la Ley. En tanto que para el resto de los productores se decidió un aumento de este gravamen a las exportaciones con el argumento de la gravedad de la crisis fiscal, por lo que desde las entidades representativas del sector agropecuario que agrupa a los sectores de mayor volumen se opina que no fueron consultados en ese sentido.

Así también observamos que respecto al Presupuesto de Gastos y Recursos del Gobierno Nacional se ha decidido que recién en el mes de Marzo se elaboraría un nuevo proyecto para el año 2020, lo que significa que las pautas del Presupuesto 2019 seguirán vigentes.

Finalmente también debemos hacer notar que el Pacto Fiscal por el cual el Impuesto a los Ingresos Brutos iba a su eliminación, se dejo sin efecto, quedando las provincias liberadas para continuar con su percepción.

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