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Condenaron a tres hombres por un robo en un banco de Palpalá

El hecho se produjo en agosto de 2019 en la sucursal del Banco Macro de la ciudad siderúrgica cuando tres hombres sustrajeron la suma de $108.700 y 5 dólares a la víctima.

demorados-detenidos-presos
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13-05-2022 12:05

Tres hombres fueron condenados recientemente, en un juicio abreviado, por el Tribunal en lo Criminal Nº 3. Se trata de T.H.G y G.J.G., quienes deberán cumplir la pena de 3 años de prisión de ejecución efectiva, mientras que A.R.Q., fue penado a 3 años de prisión de ejecución condicional.

Los dos nombrados primeramente fueron condenados por ser considerados coautores penalmente responsables del delito de “Robo simple”, en tanto el tercero fue declarado autor del delito de “Robo simple en carácter de partícipe necesario”.

El Tribunal estuvo integrado por las juezas María Margarita Nallar, presidenta de trámite, Ana Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig; secretaría a cargo del Dr. Rodrigo Burgos.

Los hechos

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el 14 de agosto de 2019, a horas 9.20 aproximadamente, en la vía pública, explanada de acceso al Banco Macro Sucursal Pálpala, una mujer que se disponía a ingresar a dicho establecimiento fue interceptada por T.H.G, quién la empujó por la espalda haciéndola caer al suelo, para luego forcejear con ella hasta apoderarse de una mochila negra que ésta llevaba consigo, la que en su interior contenía la suma de 108.700 pesos y 5 dólares.

Posteriormente, el atacante huyó con dirección a la Avenida San Martín, en donde lo esperaba G.J.G. en una motocicleta de color verde.

Ambos acusados fueron perseguidos por las personas que estaban en el lugar de los hechos, razón por la cual T.H.G. sacó un arma de fuego, tipo revolver calibre 22, y realizó dos disparos huyendo en dirección a calle Zurita y dejando tirada la motocicleta en la esquina de esta última arteria con el pasaje Junín.

Allí, ambos hombres subieron a un automóvil marca Volkswagen Gol Trend, color azul, conducido por A.R.Q., continuando todos juntos la huida.

Juicio Abreviado

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el Artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia, el cual refiere al “Juicio Abreviado Inicial” el que consiste en que si el Ministerio Público Fiscal considera que la pena privativa de libertad es de hasta 6 años o una pena no privativa de libertad, podrá solicitar este procedimiento.

Para que esta solicitud sea admisible es necesaria la conformidad de los imputados, asistidos por sus abogados defensores, admitiendo así la existencia de los hechos y su participación en los mismos.

Finalmente, es necesario que el Tribunal haga lugar al acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal y los acusados, asistidos por sus abogados defensores.

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Walter Rondón.

En tanto, la defensa técnica de T.H.G fue ejercida por el Defensor Oficial Penal Dr. Esteban Salinas Saguir, del Ministerio Público de la Defensa Penal; A.R.Q. fue defendido por los abogados José Miguel Cruz y Luís Rubén Gutiérrez; mientras que G.J.G. fue asistido por el Dr. Alberto Bellido León.

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