Policiales
SENTENCIA

Apuñaló y mató a un sereno para robar en Jujuy: fue condenado a 10 años de cárcel

El hecho ocurrió en el predio de Agua Potable del barrio Malvinas, en el año 2020.
gorriti
Somos Jujuy 23-03-2023
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El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a 10 años y 6 meses de prisión efectiva a Agustín Alberto Aguiar, por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Robo agravado por homicidio”, hecho que ocurrió en San Salvador de Jujuy.

Los resolvieron este miércoles las juezas Felicia Barrios y Alejandra Tolaba, y el juez Luciano Yapura. La secretaría estuvo a cargo de Alejandro Castagna.

LOS HECHOS

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, Agustín Alberto Aguiar llegó a juicio por el hecho ocurrido el 9 de febrero de 2020, aproximadamente a las 6.20 horas, cuando la víctima, Ruperto Vilte, se encontraba trabajando como sereno en el predio del Complejo de Agua Potable ubicado en la intersección de las calles Puerto Argentino y Marinero Rubén Torres del barrio Malvinas en la ciudad capital de la provincia.

En esas circunstancias, la víctima fue sorprendida en el sector de las cantinas del inmueble por los imputados Agustín Alberto Aguiar y un menor de edad, quienes ingresaron con intenciones de robo.

En ese lugar, se produjo un forcejeo entre Ruperto Vilte y los acusados, quienes, con el fin de ultimarlo, le asestaron dos puñaladas, que le provocaron la muerte debido a la gravedad de las heridas recibidas. Luego, se dieron a la fuga con dirección al río Grande.

PEDIDO DE PRISIÓN

El representante del Ministerio Público de la Acusación fue Marcelo Cuellar, quien en su alegato pidió para el enjuiciado la pena de 10 años y 6 meses de prisión; mientras que la querella estuvo a cargo de Felisa Ester Quipildor.

La defensa técnica del acusado fue ejercida por la representante del Ministerio Público de la Defensa Penal, María Florencia Quintar.

Asesinó a un sereno, aceptó la culpa y lo condenaron

Cabe aclarar, que el menor de edad que habría participado en el hecho delictivo fue sobreseído en una etapa anterior al juicio oral, en razón de su edad.

PROCEDIMEINTO ESPECIAL

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y la Defensora del acusado. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia; fecha a partir de la cuál, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.