Política

Juan Jenefes: “Voy a votar en contra de la reforma parcial de la Constitución de Jujuy”

El legislador adelantó cuál será su postura en la sesión de este martes. Irá en línea a lo decidido en el Consejo del Partido Justicialista.

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26-09-2022 15:09

La Legislatura de Jujuy tratará este martes la ley de declaración de necesidad de reforma parcial de la Constitución Provincial. En ese marco, el diputado del Partido Justicialista (PJ), Juan Jenefes, adelantó que no apoyará la iniciativa presentada por el Ejecutivo.

"Nos notificaron que mañana a las 9 hay sesión especial", indicó sobre la citación en diálogo con Canal 7. "Hemos participado en todas las reuniones que hizo la comisión de Asuntos Institucionales y hemos escuchado a todos los sectores que fueron invitados", señaló.

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En cuanto a cómo será su posición durante el tratamiento del proyecto en el recinto, Jenefes sostuvo: "a partir de que se expidió el consejo del PJ, que está en contra de la reforma, voy a seguir el mandato que estableció el Partido y no voy a apoyar el proyecto de ley".

"Desconozco cómo votarán otros compañeros, sí manifiesto que voy a votar en contra", reafirmó el legislador sobre la sesión prevista para este 27 de septiembre.

Por último, recalcó que que "hay que escuchar todas las voces, la oportunidad que tengamos de escuchar a todos los invitados es viable, todos tiene su posición y eso enriquece el tratamiento independientemente de la postura de cada uno".

CÓMO ES EL PROCESO PARA REFORMAR LA CONSTITUCIÓN EN JUJUY

Según establece la Constitución de la provincia de Jujuy, el proceso para una reforma parcial requiere una serie de procedimientos. En primer lugar, detalla: “una convención elegida por el pueblo ejercerá el poder constituyente para la reforma. No podrá tratar otros asuntos que no fueren los establecidos en la declaración de necesidad de reforma y obrará respetando las disposiciones constitucionales”.

Por otra parte, consigna que la declaración de la necesidad de reforma debe ser aprobada por el voto de dos tercios de la Legislatura de Jujuy, lo que se traduce en 32 diputados.

Asimismo, una vez declarada la necesidad de reforma, el Ejecutivo tiene un plazo de 60 días de recibida la comunicación de la Legislatura para convocar a elecciones de convencionales constituyentes.

Los comicios deberán celebrarse dentro de los noventa días siguientes o juntamente con las primeras elecciones que se efectúen en la provincia, en el caso de que se realicen dentro de los seis meses posteriores.

La Convención Constituyente estará integrada por igual número de miembros que la Legislatura, es decir 48, elegidos por idéntico sistema electoral. Deberán reunir las condiciones que se exigen para ser diputado provincial y gozarán de las mismas inmunidades.

Dentro de los diez días siguientes a la proclamación de los convencionales electos, el Presidente de la Legislatura deberá convocarlos a celebrar sus sesión preparatoria. La Convención Constituyente se reunirá en la ciudad capital, en el recinto de la Legislatura o en el lugar que se disponga.

Ante una reforma parcial, la Legislatura, al tiempo de declarar su necesidad, deberá establecer el plazo para que la Convención la sancione. Si al vencimiento de los plazos indicados la Convención no hubiere cumplido con sus funciones, caducará el mandato de los convencionales constituyentes.

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