La Legislatura de Jujuy aprobó la Ley 6.212 de Paridad de Género Electoral que establece la participación igualitaria de hombres y mujeres en los órganos legislativos de la provincia.
La normativa regirá para la Cámara de Diputados, los Concejos Deliberantes y Concejos Comunales de las Comisiones Municipales. De ese modo, "las listas que se presenten deberán conformarse con postulantes en una distribución igualitaria del 50% para cada género".
De acuerdo a la ley, los candidatos y candidatas deben alternarse desde el inicio de la lista hasta el final, cumpliendo con una representación igual. Asimismo, la disposición contempla que en los casos de renuncia o necesidad de reemplazo, la banca deberá ser ocupada por una persona del mismo género.
Cabe resaltar que el género de cada postulante se determinará de acuerdo a lo enunciado en su Documento Nacional de Identidad.
¿CUÁNDO TENDRÁ LA LEGISLATURA LA MISMA CANTIDAD DE HOMBRES Y MUJERES?
En la Casa de Piedra actualmente ocupan las bancas 31 hombres y 17 mujeres. De acuerdo a la flamante ley, el cuerpo debería contar con 24 representantes de cada género.
Considerando que en el año 2021 se renueva sólo la mitad de la Cámara, recién en el 2023, fecha en la que volverán a realizarse elecciones de diputados provinciales, la Legislatura contará con una representación de género igualitaria.