Política

La Corte Suprema rechazó el per saltum del Gobierno por la reforma laboral

El máximo tribunal de Justicia desestimó el recurso extraordinario al considerar que no se cumplen los requisitos de gravedad institucional para omitir las instancias inferiores.
corte suprema de justicia
Somos Jujuy 07-05-2026
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó formalmente el recurso de per saltum interpuesto por el Poder Ejecutivo Nacional. El objetivo de la presentación era que el máximo tribunal interviniera de manera directa en el análisis de validez de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, evitando el paso por las instancias judiciales previas.

La resolución contó con las firmas de los magistrados Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. Según el fallo, no se observan en el planteo los requisitos técnicos exigidos por el Código Procesal Civil para habilitar esta vía excepcional, la cual permite saltear las cámaras de apelaciones ante casos de extrema urgencia.

Los fundamentos del rechazo judicial

El tribunal recordó que el artículo 257 de la normativa vigente establece que el per saltum solo procede en causas de competencia federal donde se acredite una notoria gravedad institucional. En este escenario, la Corte determinó que no están dadas las condiciones para declarar la admisibilidad de la medida solicitada por la Procuración del Tesoro.

Fuentes judiciales citadas por Infobae señalaron que el pedido del Gobierno resultó "inoficioso" en esta etapa. Esto se debe a que la reforma laboral se encuentra actualmente con vigencia plena, luego de que las decisiones judiciales previas que limitaban su aplicación fueran modificadas en instancias de alzada.

Antecedentes y conflicto con la CGT

El conflicto legal se originó tras una presentación de la CGT, central obrera que impugnó diversos artículos de la Ley 27.802 por considerar que vulneran derechos como la libertad sindical y la protección del trabajo. En primera instancia, el juez Raúl Horacio Ojeda había dictado una medida cautelar que suspendía 83 artículos de la norma.

Ante esto, los abogados del Estado, en representación del Ministerio de Capital Humano, buscaron que la Corte Suprema revocara la sentencia del tribunal laboral y definiera la cuestión de fondo. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ya había revocado la inconstitucionalidad dictada originalmente, restituyendo la normativa.

Con esta decisión, la validez constitucional de la reforma deberá continuar su curso habitual a través de las cámaras de apelaciones antes de llegar nuevamente al máximo tribunal.