PASO 2021

Cómo justifico si no fui a votar en las PASO 2021

La solicitud de justificación de no emisión del voto se puede realizar de manera online. Su aceptación será evaluada por la Justicia Electoral Nacional y la resolución puede demorar varios dias.

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13-09-2021 07:48

El voto en las elecciones PASO 2021 era obligatorio, salvo para los mayores de 70 años. Quienes no hayan concurrido a votar tendrán que justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral y si no lo hacen deberán pagar una multa. Este año estuvieron exceptuados quienes tenían síntomas compatibles con el Covid-19.

Cuánto se paga de multa por no votar

El Código Nacional Electoral establece en su artículo 125, en el apartado “faltas electorales”, que “se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”.

Mientras no se abone esa multa, los ciudadanos quedarán registrados como infractores. Esto implica que no podrán hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

La Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Infractores para aquellos que deban realizar el trámite de justificación y saldar la deuda.

Qué justificación es válida para no votar

Estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, de forma suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.

Ser juez o auxiliar de la justicia que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

Revistar entre personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

Este año, además, estarán exceptuados de votar los ciudadanos en aislamiento por contagio confirmado de covid-19 o que tengan síntomas compatibles con esa enfermedad, al igual que aquellos que sean contactos estrechos. La misma excepción se aplicará para quienes integren grupos de riesgo que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente.

Encontrarse el día de la elección a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y puedan explicar que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana o en sede consular si están en el exterior.

CÓMO JUSTIFICO SI NO FUI A VOTAR

Los ciudadanos que no hayan emitido su voto deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta, a tal fin deberán hacerlo ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o a la Cámara Nacional Electoral, o ingresar a https://infractores.padron.gov.ar/.

En ésta última opción se debe ingresar datos personales y un código de validación. Luego, presioná "solicitar justificación" para ser derivado a un menú de posibles motivos. Una vez ingresado al repertorio, seleccionar la justificación correspondiente y, por último, adjuntar el certificado que acredite su ausencia.

El certificado debe ser presentado dentro de los 60 días posteriores a las elecciones, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda. De no ser justificado, además de la multa no podrás ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

CÓMO PAGAR LA MULTA SI NO FUI A VOTAR

Quienes perciban una multa por no haber ido a votar, podrán abonar a través del Banco de la Nación Argentina. El trámite puede realizarse personalmente o por medios electrónicos como tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual.

La información se actualiza en la web dos días hábiles después de saldada la deuda y el monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.

Si el ciudadano considera que no debe estar en la lista de infractores, puede reclamar vía internet o en la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio, con su documento y el troquel que acredite el sufragio.

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