Juan Jenefes

Una charla de café... El derecho a tomar decisiones por uno mismo en la vejez

"Conservar nuestra libertad y vivir dignamente hasta el último de nuestros tiempos". Por Juliana Carbó y Juan Jenefes.

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09-08-2021 15:55

En nuestras columnas hemos hablado de los jóvenes, de los niños, las mujeres. Hoy centraremos nuestra columna en los derechos que tienen los adultos mayores a tener lo que se denomina una vejez digna con autonomía sobre las propias decisiones.

Los adultos mayores (como los niños, las personas con discapacidad, los migrantes, etc.) conforman entre todos ellos un “grupo vulnerable” que comparte ciertas características que originan una discriminación en su contra. Los adultos mayores en Argentina y el mundo reciben un trato desigual por el Estado, la sociedad e incluso su propia familia.

Las personas mayores, y con ellas nos referimos a persona de más de 60 años, tienen en relación a sus derechos, un derecho extra, una protección especial por pertenecer a este grupo -jurídicamente- vulnerable. Ello por encontrarse en un rango de edad que genera sesgos discriminatorios. Nuestra Constitución Nacional reconoce a este grupo como vulnerable y merecedor de acciones especiales, que llaman acciones positivas por parte del Estado en su artículo 75 inc. 23.

Existe incluso un término para la discriminación a las personas mayores adultas, o viejas, el “viejismo”, término acuñado por Robert Butler a finales de los 60 referida a la discriminación de la vejez que justifica tanto, conductas que la asocian con la incompetencia, asco, fealdad, costo social. Dentro de este tipo de discriminación aparece la idea o sensación -muchas veces no justificada-de que las personas mayores no pueden tomar de manera autónoma sus propias decisiones.

¿Es así? ¿A partir de cuándo una persona deja de ser libre sobre las decisiones de su vida? ¿Quién podría tomar las decisiones por ella? Bueno, primero es muy importante aclarar que todas las personas en Argentina, según el código civil son consideradas capaces de manera plena desde que llega a la mayoría de edad a los 18 años, salvo sentencia judicial que declare lo contrario. Niños menores tiene algunas salvedades en función de su edad y su capacidad evolutiva, pero luego de los 18 años la capacidad no se pierde por el hecho de cumplir años nunca. Nadie pierde parte de su capacidad por cumplir años, lo que puede ocurrir es que por una cuestión de salud se pierda la capacidad, la cual a los fines de tener efectos legales necesitara una sentencia judicial que así lo determine.Desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos, en el año 2015 se adoptó en la Asamblea de la Organización de los Estados Americanos la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, una convención notable en el mundo respecto de la protección de las personas mayores. Este tratado, dice que mayores son las personas mayores de 60 años, una definición importante.

Esta convención alumbra un ámbito del derecho poco desarrollado: el derecho de la vejez o en la vejez. La convención en su artículo 7 reconoce el derecho a la independencia y a la autonomía y explica que es el derecho de la persona mayor a tomar decisiones, a definir su plan de vida, a desarrollar una vida autónoma e independiente de acuerdo a sus consideraciones personales. Y respecto de este derecho manda a que el Estado adopte programas y desarrolle políticas públicas para que esto sea real (sin lo cual, la norma no tendría sentido ¿no?).

Es que cuántas veces escuchamos que llegada cierta edad, la familia de personas de edad avanzada, empieza a tomar decisiones como si fueran padres de estas cuando en realidad se está frente a personas adultas y capaces. Es importante tener en claro esto, no podemos tomar decisiones respecto de la vida de otro u otra por el solo hecho de que la consideramos muy mayores. Sus deseos y anhelos guían su vida hasta que su salud no se lo permita más y ello puede ocurrir a cualquier edad, por lo que no debe avanzarse sobre sus facultades y derechos sin que existe alguna situación que lo autorice. Tampoco debemos presumir que la edad afecta a la persona y le impide tomar la mejor decisión respecto de dónde vivir, con quién formar pareja, en qué o con quién gastar el dinero que generó con su trabajo, si mantiene relaciones sexuales o no, qué práctica de salud acepta y cuál no. Todo ello, mientras conserve su capacidad de discernimiento queda dentro de su ámbito de autonomía (ese lugar de nuestra conciencia donde cada uno toma las decisiones sobre su propia vida).

Todas estas situaciones suelen generar conflictos de familia, pero aún en una familia amorosa puede ocurrir que se discrimine al adulto mayor considerando que no es apto para decidir. Hay que estar atento a ese tipo de pensamientos para desarticularlos cuando aparezcan, ya que pueden ser más comunes de lo que uno cree debido a que es parte del pensamiento social que constituye la discriminación contra la vejez, el viejismo.

En la actualidad vivimos en un mundo donde la edad promedio de la población es cada vez más alta. La ONU estima que a mediados del S. XXI la población de más de 60 años llegará a ser más del 50% de la población mundial, lo que es altísimo. Esto requiere un enfoque distinto sobre este grupo al cual todos algún día y con suerte vamos a pertenecer y cuando lleguemos sin duda vamos a querer conservar nuestra libertad y haber vivido dignamente hasta el último de nuestros tiempos.

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