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El Obispado de Jujuy se pronunció sobre la condena al padre Cocó

En un comunicado difundido tras concocerse la sentencia a 15 años de prisión para el sacerdote, adelantaron que el caso será también tratado “en el ámbito canónico - disciplinar, de acuerdo a las normativas de la Iglesia”.

Padre Cocó
Padre Cocó

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 28-05-2024 16:59

El Obispado de Jujuy se pronunció este martes sobre la condena al sacerdote Ricardo Quiroga, conocido como el padre Cocó, condenado a 15 años de prisión por abusar sexualmente de una menor en un aberrante hecho ocurrido en 2020 en la ciudad de El Carmen.

A través de un comunicado, la Diócesis de Jujuy remarcó que desde que se conoció la denuncia sobre Quiroga en octubre de 2020, la institución “se puso a disposición para lo que hiciera falta”. 

Así mismo, manifestaron el “compromiso irrenunciable de rechazar cualquier acto que amenace la dignidad de los menores o personas vulnerables”. 

Informaron a su vez que la institución recibió “la decisión de la Justicia en este lamentable delito” y adelantaron que además de la condena conocida hoy, “procederá en el ámbito canónico - disciplinar de acuerdo a las normativas de la Iglesia”. 

EL COMUNICADO COMPLETO

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LA CONDENA AL PADRE COCÓ

Este martes se dio a conocer la sentencia de los acusados por el abuso sexual de una menor de 10 años en la ciudad de El Carmen en octubre de 2020. En la última audiencia celebrada en el Tribunal N° 3 del Palacio de Tribunales de la capital jujeña, el padre Cocó recibió la pena de 15 años.

Pasada las 10.30 de la mañana se dio lectura de la sentencia para todos los implicados donde el Tribunal falló absolver a al padre Cocó del delito de corrupción de menores agravado por la edad de la víctima.

Absolver a L.J.A.T.B. de los delitos de abuso sexual con acceso carnal calificado por ser cometido por dos personas y corrupción de menores agravado por la edad de la víctima por lo que se ordenó la inmediata libertad del mismo.

En tanto el Tribunal resolvió absolver a M.C.R. del delito de corrupción de menores agravado por la edad de la víctima, pero sí fue hallada responsable como partícipe necesario del delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por ser cometido por dos personas y por ser miembro de un culto religioso por lo que fue condenada a 10 años de prisión y su inmediato traslado al Servicio Penitenciario. 

Posteriormente se dio lectura a la sentencia del cura Cocó donde precisaron condenar como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por ser cometido por dos personas y por ser miembro de un culto religioso, a la pena de 15 años de prisión. Además, se especificó no hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria por lo que se ordenó su inmediato traslado al Servicio Penitenciario.

Finalmente se solicitó la incorporación genética de los implicados al Registro Nacional de datos Genéticos

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