La capital jujeña fue declarada libre de pirotecnia sonora a través de una ordenanza que prohíbe el uso y la venta de elementos de estruendo en San Salvador de Jujuy. La norma fue promulgada este jueves por el Ejecutivo y a partir de ese momento entró en vigencia.
La normativa establece sanciones para los negocios que violen la disposición e intenten comercializar fuegos de artificio que generen ruido.
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Las multas se aplican en Unidades Fijas (U.F.), que tienen un valor equivalente al litro de nafta súper, cuyo costo actualmente oscila en los $64. De ese modo, las sanciones serían las siguientes:
Al primer incumplimiento se aplica entre 100 y 500 U.F., lo que implica unos $30 mil
La segunda infracción merece una multa de entre 300 y 1000 Unidades, alrededor de $60 mil
El tercer incumplimiento llevaría a la clausura del negocio y al pago de $100 mil