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AFIP: vencen los plazos para presentar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales

Todos los años, contribuyentes, entre los que están trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados, están obligados a presentar la declaración jurada de estos impuestos patrimoniales por sus tenencias hasta el 31 de diciembre del año previo.

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 21-06-2023 09:50

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó que este jueves 22 de abril comienzan a vencer los plazos para la presentación y pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2022, de acuerdo con la terminación de CUIT.

Según precisó la AFIP, están obligados a pagar y presentar el impuesto a los Bienes Personales aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2022 el importe de $11.282.141,08.

En ese sentido, la vivienda única y de uso permanente (casa habitación) se computará si supera los $56.410.705,41.

El cronograma de vencimientos estaba previsto originalmente para mediados de junio, pero se postergó hasta ahora tras un pedido que elevó a la AFIP, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.

AFIP: cuándo vence la presentación del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

El plazo para presentar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2022 varía de acuerdo con la terminación de la CUIT de cada contribuyente. Las fechas límites son las siguientes.

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: jueves 22 de junio, inclusive
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: viernes 23 de junio, inclusive
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: lunes 26 de junio, inclusive

Una vez realizada la presentación de la declaración jurada, el impuesto debe pagarse el día hábil siguiente según el CUIT. En este caso, las fechas son 23, 26 y 28 de junio, respectivamente.

Cómo presentar la declaración jurada de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular

En el caso de Impuesto a las Ganancias y del Impuesto Cedular se realizan:

  • A través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas - Portal integrado”.

Para el Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación se realiza:

  • Mediante el servicio web con clave fiscal “Bienes Personales Web”.

Fuente: Todo Noticias

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