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Aguinaldo: cómo y en qué fecha se cobra en junio de 2023

A pocos días de que termine junio, enterate todos los detalles sobre el cobro de aguinaldo este mes.

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 21-06-2023 15:48

Cada mes de junio llega el cobro del primer Sueldo Anual Complementario (SAC), generalmente conocido como aguinaldo que ofrece un pago adicional para los trabajadores que se divide en dos partes: la primera llega este mes y la segunda en diciembre.

El aguinaldo suele ser una suma equivalente a un porcentaje del salario semestral del empleado, el cual se entrega en la liquidación de junio y diciembre.

Aguinaldo 2023: cuándo se paga

Si bien sólo quedan nueve días para que termine junio, los empleadores tienen tiempo hasta el 30 de este mes para pagar el aguinaldo. Incluso pueden exceder esta fecha en hasta cuatro días hábiles del mes siguiente.

¿Cuánto se cobra de aguinaldo?

Para conocer el adicional a cobrar, se debe tener en cuenta la mayor remuneración mensual percibida en el semestre. A esta, se le calcula el 50%.

Aquellos que fueron contratados recientemente, la situación que se les presenta es distinta, ya que las empresas otorgan un proporcional a los meses trabajados.

En cualquiera sea el caso, hay fechas límites para recibir el beneficio. El 30 de junio y el 18 de diciembre correspondientemente. A estas, se les pueden retrasar hasta cuatro días hábiles.

El SAC se calcula de acuerdo con los meses trabajados, utilizando cualquiera de estas dos fórmulas:

  • Dividir el mejor sueldo a la mitad, volver a dividir nuevamente ese monto por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
  • Multiplicar los meses trabajados por la mitad del mejor sueldo mensual y, a ese resultado, dividirlo por seis.

Impuesto a las Ganancias: cómo impacta en el aguinaldo

Si este año tu salario bruto supera los $506.230, el aguinaldo estará sujeto a una retención completa de este.

Sin embargo, si el promedio de los salarios no supera este monto, el dinero adicional estará exento hasta $253.115, que equivale a la mitad de $506.230.

En tanto, la AFIP estableció las condiciones para eximir al aguinaldo del pago de Ganancias.

A través de la Resolución General 5358/2023 el organismo indicó que a fin de determinar la procedencia de la exención del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2023, "deberá tenerse en cuenta que el monto de la remuneración y/o haber bruto mensual no supere la suma de $506.230, inclusive".

Esa medida había sido dispuesta ya por el Decreto N° 267, a través del cual el Gobierno incrementó los montos de la remuneración y/o haber bruto mensuales a considerar para aplicar la exención del Sueldo Anual Complementario.

Ahora, la AFIP dictó una medida complementaria a esa decisión oficial, y explicó que, a los efectos de determinar la procedencia y el cálculo de la deducción especial de ese impuesto.

Así, los agentes de retención tendrán que cumplir una serie de requisitos, como por ejemplo generar una liquidación adicional respecto de las remuneraciones y/o haberes devengados desde el 1 de mayo de 2023 que se hubieran liquidado por dicho período con anterioridad a la publicación de la nueva Resolución General.

Fuente: Ámbito

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