Nacionales
PROGRAMA

Auditoría sobre Potenciar Trabajo: cuáles son las faltas que investigará el Gobierno nacional

Con más de 1,2 millones de beneficiarios en todo el país y tras el congelamiento anunciado por el ministro Luis Caputo, desde enero 2024 se avanzará con la revisión de cada uno de los titulares alcanzados.

Potenciar Trabajo
Potenciar Trabajo

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 26-12-2023 15:55

El vocero presidencial, Manuel Adorni, confirmó este martes la auditoría del programa Potenciar Trabajo desde enero 2024 a fin de detectar irregularidades en la nómina de los más de 1,2 millones de beneficiarios.

Según especificó el funcionario, la Justicia ya registró 160.000 titulares que mantuvieron la prestación de manera "ilegítima" al combinar la liquidación con el estadio de empleado público, entre otras contravenciones.

"Eso equivale a $ 10 mil millones mensuales y los argentinos no deben hacerse cargo", sentenció. 

Bajas en Potenciar Trabajo, ¿cuáles son las faltas que investigará el Gobierno nacional?


Durante la investigación de oficio que lleva adelante el fiscal federal Guillermo Marijuan sobre el programa Potenciar Trabajo se detectaron que más de 8000 beneficiarios son empleados provinciales.

De acuerdo al listado difundido por Infobae, 1145 correspondían a Tucumán, mientras que 1060 en La Rioja y Jujuy, con 652, completó el trinomio líder distrital. 

PROVINCIA CANTIDAD DE BENEFICIARIOS
 Tucumán 1145
 La Rioja 1060
 Jujuy 652
 Corrientes 518
 Salta 434
 Río Negro 198
 Córdoba 194
 Formosa 180
 Santa Cruz 128

¿Cuáles son las incompatibilidades del programa Potenciar Trabajo?

Según se desprende de la información detallada en la Resolución 121/2020 del por entonces Ministerio de Desarrollo Social, ocho son las incompatibilidades no tolerables para mantener la titularidad del programa Potenciar Trabajo:

  • tienen empleo formal registrado, excepto los trabajadores y trabajadoras temporarios o estacionales
  • están prófugos de la justicia;
  • son titulares de cualquier tipo de establecimiento comercial abierto al público como propietarios, arrendatarios o usufructuarios;
  • son titulares de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera, salvo las establecidas en el Registro Nacional de la Economía Popular;
  • perciben un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo o capacitación otorgado por el Estado Nacional, Provincial Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • son titulares de más de 1 bien inmueble;
  • son titulares de un automotor con antigüedad menor a 10 años, de embarcaciones o aeronaves;
  • cobran pensiones o prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, mutualidades de previsión o de cualquier otro sistema público de protección:
  • cobran jubilación contributiva o no contributiva;
  • cobran pensiones a la vejez o por invalidez;
  • cobran pensión universal para el adulto mayor;
  • cobran pensión por incapacidad permanente total;
  • cobran prestación o subsidio por desempleo, reconocido por pérdida de un empleo a jornada completa;
  • son mayores de 65 años y están en condiciones de tramitar o cobrar cualquier tipo de beneficio del Sistema de Seguridad Social. Una vez iniciado el trámite del beneficio podrán seguir percibiendo el subsidio hasta un año después de cumplir 65 años,
  • realizan alguna prestación social o de empleo en el estado provincial, municipal o en organizaciones no gubernamentales para suplir la actividad propia de los empleados de esos organismos.

Temas relacionados