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Cambios en las tarjetas de crédito: claves para entender el DNU de Javier Milei

Entre los cambios, el DNU elimina el tope de tasa que se le cobra a comercios (hoy en 3% en caso de las tarjetas de crédito y 1,5% de las débito) y quita el tope de interés punitorio.

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 21-12-2023 09:40

Javier Milei impulsó un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que introduce cambios significativos en el ámbito de las tarjetas de crédito con el objetivo de adaptar el mercado a las nuevas formas de relacionamiento y a las tecnologías de digitalización.

Entre las modificaciones más destacadas, el DNU elimina el límite de tasa que los comercios pagan actualmente (3% para tarjetas de crédito y 1,5% para débito) y suprime el tope de interés punitorio por demoras en el pago. 

Tarjetas de crédito: claves para entender el DNU Javier Milei

  • Desregulación y simplificación: Se propone una desregulación y simplificación marcada en el mercado de tarjetas de crédito, respondiendo a los cambios recientes en las formas de relación y la digitalización.
  • Definición del sistema de tarjetas de crédito: Se redefine el sistema de tarjetas de crédito como un conjunto de contratos individuales con tres propósitos fundamentales: permitir operaciones de compra o alquiler de bienes y servicios, diferir el pago o devoluciones para el titular, y abonar a los proveedores los consumos del usuario.
  • Emisores de tarjetas de crédito: Se establece que cualquier entidad, dentro de su objeto social, tiene la facultad de emitir tarjetas de crédito o facilitar el pago.
  • Denominación de la tarjeta de crédito: La tarjeta de crédito se define como un instrumento de identificación del usuario, ya sea físico o virtual, magnético o de cualquier tecnología emergente, derivado de una relación contractual previa entre el titular y el emisor.
  • Derogación de artículos de la Ley Previa: Se derogan varios incisos de la Ley N° 25.065, indicando un distanciamiento de algunas regulaciones previas.
  • Transparencia en las tasas de financiación: Se obliga a las entidades emisoras a hacer públicas las tasas de financiación aplicadas al sistema de tarjeta de crédito.
  • Otros cambios notables:
  • Interés punitorio: Los intereses punitorios no serán capitalizables.
  • Resumen mensual de operaciones: Los emisores deben preparar y enviar mensualmente un resumen detallado, preferiblemente de forma electrónica, de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados.
  • Tiempo de recepción del resumen: El resumen debe ser recibido por el titular con al menos cinco días de anticipación al vencimiento de la obligación de pago. En caso de no recibirlo, el titular debe contar con un canal de comunicación para obtener el saldo de la cuenta y el pago mínimo.
  • Contenido del contrato tipo entre emisor y proveedor: Se detallan los elementos mínimos que debe contener el contrato tipo entre el emisor y el proveedor, incluyendo plazos de vigencia, topes máximos por operación, comisiones, intereses, cargos administrativos y otros requisitos.

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