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Cuánto dura la obra social después de renunciar o ser despedido: los detalles

Cuáles son los pases para acceder al seguro de desempleo, qué incluye pago mensual, asignaciones familiares y asistenciales.

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 07-03-2024 11:24

Una de las inquietudes más comunes entre aquellos empleados que están por renunciar o enfrentar un despido es la duración de la cobertura de obra social tras la finalización el vínculo laboral. 

¿Qué dice la ley?

La Ley de Obras Sociales N° 23.660 establece que sucede con los derechos de los trabajadores en casos de extinción del contrato laboral. 

Según la normativa, quienes hayan prestado servicio de manera continua por más de tres meses y sin importar la causa de la ruptura laboral, conservarán su calidad de beneficiarios durante un período de tres meses, contados a partir de la finalización del contrato. 

Además, la ley aborda diversas situaciones particulares:

  • En caso de suspensión de la relación laboral sin sueldo, el trabajador mantendrá los beneficios de su obra social por tres meses, tras lo cual podrá continuar accediendo si realiza los aportes correspondientes por su cuenta;
  • Si la interrupción del trabajo se debe a un accidente o enfermedad, el empleado seguirá teniendo acceso a su obra social mientras mantenga la relación laboral con el empleador,
  • Si el trabajador solicita una licencia sin sueldo, podrá seguir utilizando los servicios de la obra social si realiza los aportes necesarios por su cuenta.

Estas pautas se aplican tanto al trabajador como a su grupo familiar directo, (incluye cónyuges o concubinos, hijos solteros menores de 21 años, hijos solteros de hasta 25 años con estudios en curso, hijos con discapacidad de cualquier edad, entre otros).

Es importante destacar que, en casos excepcionales, como cuando un empleado decide cambiar su obra social y luego es despedido antes de los tres meses, la última donde se hayan recibido los aportes será la responsable de brindar la cobertura médica.

¿Qué es la Prestación por Desempleo?

En el escenario de un despido laboral, existe la posibilidad de optar por la prestación por desempleo proporcionada por ANSES, una de las vías que amplía los beneficios de la obra social hasta por un período de 12 meses.

Para acceder, los únicos requisitos son haber concluido recientemente una relación laboral por despido injustificado y que el empleador haya cumplido con los aportes correspondientes. 

Además, de mantener la cobertura, el beneficiario recibirá un pago mensual, asignaciones familiares y asistencia para facilitar su reintegración al ámbito laboral. La duración de estos beneficios variará según la última relación contractual (abarca desde los 2 hasta los 12 meses).

¿Cómo solicitar la Prestación por Desempleo?

Pasos para Solicitar la Prestación por Desempleo:

  1. Preparación de Documentos: Reuní el original y una copia de tu DNI, el telegrama o carta documento de despido, firmado por el empleador y certificado por un escribano público o entidad bancaria, así como los últimos 6 recibos de sueldo.
  2. Solicitud de Turno: Comunícate con las oficinas de ANSES o RENATRE para obtener un turno previo.
  3. Visita a las oficinas: Dirigite a las oficinas de ANSES o RENATRE en el día y hora asignados, llevando contigo todos los documentos preparados.
  4. Presentación de documentos: Entrega todos los documentos requeridos al personal encargado en las oficinas.
  5. Proceso de evaluación: Una vez entregada la documentación, el personal procederá a evaluar tu situación para determinar tu elegibilidad para el seguro por desempleo.
  6. Recepción de beneficios: Si cumples con los requisitos, comenzarás a recibir los beneficios del seguro por desempleo, que incluyen cobertura de obra social extendida, pago mensual, asignaciones familiares y asistencia para la reinserción laboral.

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