Este domingo 22 de octubre son las Elecciones Generales y la Cámara Nacional Electoral informó los documentos válidos para votar.
Se debe presentar el documento cívico ante las autoridades de mesa para que puedan chequear tus datos en el padrón. Si no se presenta el documento de identidad, no se podrá votar y habrá que justificar la no emisión del voto para no pagar la multa económica.
Los documentos habilitados por la Cámara Nacional Electoral para poder votar son los siguientes:
- Libreta cívica
- Libreta de enrolamiento
- DNI verde
- DNI celeste
- DNI tarjeta
Se debe votar con el documento cívico que figure en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo.
Cabe señalar que no se podrá votar si se concurre a votar con un documento anterior al que consta en el padrón. Por otra parte, el DNI en el celular no es válido para votar.
¿Qué hacer si perdí o me robaron el DNI?
La Cámara Nacional Electoral informa que si un elector sufrió la pérdida o el robo del DNI y no se cuenta con ninguno de los documentos válidos para poder votar, no podrá emitir su voto, ya que no tendrá el documento con el cual corresponde acreditar tu identidad ante la autoridad de mesa y los fiscales. En este sentido, si el elector sufrió el extravío de su DNI de cara a las PASO deberá realizar un trámite para justificar su ausencia en las elecciones.
El mismo se realiza dentro de los 60 días ante el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar. Allí deberá presentar la denuncia policial que da cuenta de su justificación. Una vez dentro del sitio web, deberá adjuntar número de DNI, género y distrito. En caso de no realizar el trámite, deberá afrontar la sanción económica correspondiente.
Fuente: Infobae