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Último día para recategorizarse en AFIP: cómo actualizar la categoria del monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores del régimen simplificado. Conocé todos los detalles.

monotributo
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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 05-02-2024 10:19

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha lanzado la actualización de los valores del monotributo, marcando un aumento del 110,9% en el tributo mensual desde el 1° de enero. Pero atención, ¡hoy es el último día para aquellos que necesiten recategorizarse!

Bajo la dirección de Florencia Misrahi, la AFIP ha dado a conocer los ajustes en los valores del régimen simplificado. Este cambio, que impacta el tributo mensual, busca adecuar el sistema a las nuevas realidades económicas.

Cuál es la fecha límite para recategorizarme en el monotributo

Los contribuyentes tienen plazo hasta hoy lunes 05 de febrero inclusive para solicitar la modificación de categoría en caso de ser necesario.

Cómo me fijo qué categoría de monotributo tengo

Para informarse de la categoría apropiada del Monotributo, es esencial considerar los siguientes criterios en relación a los últimos 12 meses:

  • Ingresos brutos acumulados.
  • Consumo de energía eléctrica.
  • Alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad.

Cómo recategorizarme como monotributista

Para realizar la recategorización hay que seguir estos pasos:

  • Ingresá a Monotributo|AFIP con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.
  • Seleccioná "Recategorización".
  • El sistema mostrará la categoría actual y los topes máximos. Hay que "Continuar recategorización".
  • Informá el monto facturado en los últimos 12 meses.
  • Ingresá los datos de tu actividad.
  • Verificá la nueva categoría que muestra el sistema.
  • Hacé clic en "Confirmar Categoría".
  • El sistema te informará sobre la modificación y podrás imprimir tu credencial.

Una por una, todas las nuevas escalas del monotributo

Venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios:

  • Categoría A: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $2.108.288,01. Cuota mensual: $12.128,39.
  • Categoría B: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $3.133.941,63. Cuota mensual: $13.561,75.
  • Categoría C: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $4.387.518,23. Cuota mensual: $15.241,42.
  • Categoría D: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $5.449.094,55. Cuota mensual: $19.066,46.
  • Categoría E: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $6.416.528,72. Cuota mensual: $24.526,43.
  • Categoría F: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $8.020.660,90. Cuota mensual: $29.223,11.
  • Categoría G: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $9.624.793,05. Cuota mensual: $33.439,61.
  • Categoría H: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $11.916.410,45. Cuota mensual: $56.402,68.
  • Categoría I: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $13.337.213,22. Cuota mensual: $81.121,96.
  • Categoría J: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $15.285.088,04. Cuota mensual: $93.619,47.
  • Categoría K: Ingresos Brutos mensuales desde el 1° de enero de 2024: $16.957.968,71. Cuota mensual: $106,964,65.

En qué casos no corresponde hacer la recategorización del monotributo

Esta acción deberá llevarse a cabo exclusivamente por aquellos que excedan o estén por debajo de los límites establecidos por la AFIP para cada categoría, lo cual afecta directamente la cuota a abonar.

Cabe destacar que no se debe realizar la recategorización si pasaron menos de seis meses desde la adhesión al régimen simplificado.

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