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Cinco años de prisión para un jujeño que asesinó a un supuesto ladrón en Caimancito

Lo golpeó con una piedra hasta quitarle la vida, luego de que intentara robarle su moto. El Tribunal lo encontró culpable de un "homicidio con exceso de legítima defensa".

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09-03-2020 19:08

El Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó este lunes a Alfredo Román Choque a cumplir la pena de cinco años de prisión por encontrarlo autor material y penalmente responsable del delito de “homicidio con exceso en la legítima defensa”.

De acuerdo al requerimiento fiscal de citación a juicio, el 16 de abril de 2017 en horas de la madrugada, Choque perseguía a la víctimas Juan Carlos Salazar, por calle Brasil del barrio Evita en la ciudad de Caimancito. La persecución se habría producido luego de que Salazar habría intentado robarle la moto previamente.

En un momento determinado la víctima tropezó, el acusado se abalanzó sobre él y con una piedra comenzó a golpearlo en la cabeza, hasta que quedó totalmente desvanecido, para finalmente trasladarlo hasta el interior de su domicilio, donde prosiguió con la agresión.

Al llegar personal policial al domicilio de Choque, trasladaron al herido y supuesto ladrón al centro de salud de Caimancito, donde se le encontró entre sus prendas de vestir un arma de fuego de fabricación casera, una tumbera.

Posteriormente, Salazar fue trasladado al Hospital Oscar Orías, de Libertador General San Martín, donde se constató que por la gravedad de las heridas perdió la vida.

El Tribunal estuvo integrado por los jueces Claudia Cecilia Sadir, Luís Kamada y Lucas Grenni. En el juicio, al exponer sus alegatos, la fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Silvia del Valle Farall, solicitó la pena de 15 años de prisión para el imputado, Alfredo Choque, por la supuesta autoría del delito de “Homicidio Simple”.

En tanto, el acusado fue defendido técnicamente por Juan Pablo Canetti, Defensor Oficial del Ministerio Publico de la Defensa Penal.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia; fecha a partir de la cual las partes podrían solicitar su revisión ante una instancia superior.

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