El Tribunal Oral Criminal 1 condenó a Milagro Sala a 4 años de prisión en la causa “Luca Arias”, por resultar autora material y responsable del delito de lesiones graves calificadas por el concurso premeditado de dos o más personas.
A través del fallo el Tribunal determinó que la líder de la Tupac mantenga la modalidad de cumplimiento de prisión domiciliaria en calle Gordaliza de barrio Cuyaya, donde se encuentra desde el 29 de diciembre del 2018.
Por otra parte, Paula Álvarez Carrera, abogada de Sala, se manifestó en contra de la condena y detalló que van a esperar los fundamentos de la sentencia para poder recurrir a la instancia de casación.
“Todos los planteos que efectuamos nosotros fueron negados, en los alegatos dejamos presentadas todas las irregularidades a las que fue sometida Milagro Sala”.
Respecto a si apelarán el fallo emitido por el Tribunal, Álvarez Carrera aseveró: “Somos muy críticos de la reforma judicial de la provincia y no tenemos muchas expectativas, no hay que olvidar que Milagro atraviesa el sexto juicio”.
Por último, la letrada resaltó que recurrirán a la Corte Suprema y al Sistema Interamericano de Derechos Humanos para hacer cumplir los derechos correspondientes.
LOS HECHOS
El caso que se investiga ocurrió durante la jornada del 3 de julio de 2006 en dependencias del Ministerio de Infraestructura y Planeamiento Urbano y en los que participaron el militante social Cesar Cristian “Luca” Arias y miembros de la organización Tupac Amaru.
En esas circunstancias el entonces dirigente de la Corriente del Pueblo, junto con Juan Carlos Maidana, se encontraba reunido con el ministro Luis Cosentini. En un momento determinado, el funcionario provincial se retiró de la sala para atender un llamado telefónico y allí habría ingresado Milagro Sala junto a un grupo de militantes de la Tupac Amaru y le propinaron una salvaje paliza a Arias y Maidana.
A raíz de la agresión y de acuerdo a los informes médicos Arias sufrió severas lesiones que le ocasionaron un traumatismo encéfalo craneano con deformación transitoria de rostro por trauma en la órbita izquierda y en la región de los huesos propios de la nariz y traumatismo con disfunción temporomandibular izquierda.
En cuanto al exministro Luis Cosentini, en la oportunidad no será juzgado por cuanto tiene una presentación realizada por inconstitucionalidad en contra del procesamiento en el Superior Tribunal de Justicia, que hasta el momento no tiene resolución.