Política
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Elecciones generales 2023: qué se vota en Jujuy y cuál es la multa por no sufragar este domingo

A días de los comicios, el repaso por cada cargo electivo y cómo se determina la distribución.

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 18-10-2023 21:18

Este domingo 22 de octubre tendrán lugar las elecciones generales en Argentina. En los 24 distritos del país se votará por presidente y vice, además de los parlamentarios del Parlasur. En el caso de Jujuy, también se renueva la totalidad de la representación en el Senado de la Nación y la mitad de las bancas en la Cámara de Diputados.

En cuanto a las fórmulas que aspiran a la presidencia, son 5 las que están en competencia luego de las Paso de agosto. Se trata de:

  • Javier Milei - Victoria Villarruel
  • Sergio Massa - Agustín Rossi
  • Patricia Bullrich - Luis Petri
  • Juan Schiaretti - Florencia Randazzo
  • Myriam Bregman - Nicolás del Caño

La elección puede definirse en primera vuelta, es decir, este domingo, si el binomio más votado obtiene más del 45% de los votos o más del 40% sacándole 10 puntos de distancia a la segunda fórmula más elegida. En el caso de que no ocurra, el balotaje será el domingo 19 de noviembre.

Con relación al Parlasur, el órgano parlamentario del Mercosur, se elige a 43 miembros, 24 por cada provincia y 19 por distrito único, es decir a nivel país general.

Jujuy determinará este 22 de octubre a sus representantes en la Cámara de Senadores de la Nación por los próximos 6 años. El 10 de diciembre terminan los mandatos de Mario Fiad, Silvia Giacoppo y Guillermo Snopek.

Las tres bancas de la provincia en la Cámara Alta se distribuirán del siguiente modo: dos para el espacio que alcance la mayor cantidad de votos y uno para la primera minoría. De repetirse los resultados de las Paso en Jujuy, La Libertad Avanza obtendría dos bancas y Juntos por el Cambio la tercera.

Mario Fiad, Silvia Giacoppo y Guillermo Snopek
Mario Fiad, Silvia Giacoppo y Guillermo Snopek

En cuanto a la Cámara de Diputados de la Nación, de los 6 representantes jujeños 3 se recambian. Se trata de los espacios que ocupan Carolina Moisés, Jorge Rizzotti y Carlos Cantero, este último ingresó en el lugar de Julio Ferreyra, quien falleció meses atrás.

Rizzotti, Moisés y Cantero
Rizzotti, Moisés y Cantero

A diferencia de lo que ocurre con el Senado, en Diputados la distribución de las bancas se genera por sistema D'Hondt. Primero, se excluyen todas las listas que no hayan superado el piso del 3% del padrón electoral del distrito.
En segundo lugar, se divide el total de los votos válidos obtenidos por las listas restantes por 1, 2, 3 y así sucesivamente hasta llegar al número total de los cargos que se deben cubrir. Luego se ordenan los resultados de las divisiones de mayor a menor, ya que los cargos a repartir se asignan a las mayores cifras.

QUÉ PASA SI NO VOTO EL DÍA DE LAS ELECCIONES

Quienes no puedan concurrir a los comicios y tengan un justificativo válido, deben ir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentren y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar. Para evitar la multa y otras sanciones correspondientes, el certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral.

En cambio, tal como indica el Gobierno Nacional, a quienes deban sufragar y no puedan justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitieron su voto, les corresponde una multa económica y quedan incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar. Asimismo, no pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, quienes no paguen la multa, no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

DE CUÁNTO ES LA MULTA POR NO VOTAR

Quienes no hayan asistido a las urnas y no justifiquen su ausencia ante las autoridades electorales no pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección y, además, les corresponde una multa.

En el artículo 125 del Código Electoral se dispone que la multa es de entre $50 y $500. En caso de que el elector no la pague, no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales.

Sin embargo, además de que quedaron desactualizadas en cuanto a su monto, el Estado no intima a los infractores a pagar las multas.