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La Justicia dictó la primera cautelar contra el aumento de prepagas

Una jueza de San Martín hizo el lugar a un pedido de una usuaria para que retrotraiga los incrementos producto de la liberalización del precio de la medicina prepaga. Los alcances del fallo.

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 16-01-2024 07:08

La Justicia volvió a emitir un fallo en contra del DNU del presidente Javier Milei y ahora puso un freno a la desregulación de los precios de la medicina prepaga. 

El fallo corresponde a una demanda de una usuaria del Hospital Italiano ante Martina Forns, jueza federal de San Martín, provincia de Buenos Aires. En la misma, se ordenó a la empresa privada de salud que se abstenga de aplicar los aumentos realizados a partir del DNU y que, en cambio, utilice una fórmula alternativa.

Freno al DNU de Milei sobre aumentos de prepagas: los alcances del fallo

Como en los casos anteriores, este se trata de una medida cautelar, hasta tanto se expida la Justicia sobre la cuestión de fondo, pero sienta un precedente para nuevas presentaciones.

En diálogo con El Cronista, Juan Pablo Godoy Vélez, miembro de la actual conducción del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, explicó que este fallo se aplica exclusivamente para el caso de la demandante, por lo que cualquier otro usuario que se sienta damnificado por los incrementos debe realizar su propia demanda. 

Sin embargo, este fallo sienta un precedente que puede ser utilizado en futuras presentaciones para buscar un resultado similar. 

Además, hay otro amparo de tipo colectivo que aguarda el fin de la feria judicial que también impugna el capítulo dedicado a la prestación de salud. En ese caso, si obtuvieran una respuesta favorable, sí sería aplicable a todos los usuarios del sistema. 

Freno a los aumentos de medicina prepaga: qué dice el fallo y cuál es la fórmula que aplicará

La causa se inició por una presentación de una jubilada de 78 años de edad, que impugnó los dos incrementos anunciados por la prepaga del Hospital Italiano, del 40% y el 29,5% en enero y febrero, respectivamente.

La usuaria M.C.B. argumentó que los incrementos le generaban un estado de incertidumbre como así también "un daño actual a sus derechos, el acceso a la salud, a la vida y a la propiedad privada". 

Asimismo, impugnó el dictado del DNU 70/2023 ya que consideró que no se cumplió con los requisitos de urgencia que justifican una norma por fuera de los carriles normales del dictado de las leyes. 

La jueza Forns destacó el riesgo que implicaría para la mujer quedarse sin cobertura de salud a su edad, además de que de esta forma la cuota de la prepaga le representaría la mitad de su jubilación.

Por ese motivo, la Justicia ordena que los aumentos se realicen según la vieja versión del artículo 17 de la ley 26.682 (de medicina prepaga), el cual obliga al Ministerio de Salud a fiscalizar y garantizar la "razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales".

Según la vieja norma, el Ministerio solo autorizará el aumento de las cuotas "cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos".

Para el abogado Nicolás Oszust, los argumentos de la magistrada para dictar la cautelar anticipan lo que será el fallo por la cuestión de fondo. "Ella-por la jueza- dice que el DNU vulnera dos tratados internacionales, eso la motiva en virtud de la edad (de la damnificada), que se tiene que gastar la mitad de su jubilación y que el aumento es injustificado" lo que haría inconstitucional al 70/2023.

Según su análisis, un fallo de fondo que siga esa línea obligaría "a las prepagas a mostrar sus costos" para justificar los incrementos que soliciten ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). 

DNU de Milei: todos los puntos que están suspendidos por la Justicia

La decisión de la jueza Forns representa un nuevo revés para el Gobierno en su intento de aplicación del DNU de desregulación de la economía, que ya tiene varios capítulos suspendidos por la vía judicial.

El que más impugnaciones ha recibido hasta el momento es aquel relacionado a la reforma laboral, que se encuentra en suspenso a partir de la causa que inició la CGT en el fuero laboral. Luego, se le sumó otra cautelar por una presentación similar, realizada por la CTA. 

Las centrales sindicales impugnaron tanto las razones que justificaran el dictado de un DNU, sin pasar por el Congreso, como los efectos inmediatos que implicaba la aplicación del 70/2023, como por ejemplo en el cálculo de indemnizaciones, períodos de prueba extendidos o castigos al trabajo en negro. 

Luego, los productores de yerba mate lograron una medida cautelar en la Justicia civil y comercial de la provincia de Misiones, para impedir la desregulación de la cadena de producción y comercialización de este producto emblema. En dicho mercado ocupa un rol muy importante el INYM, donde se fijan condiciones de producción y pago de los distintos subproductos, desde la hoja recién cosechada hasta la yerba lista para comercialización al consumidor final. 

Fuente: El Cronista