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Tras la habilitación de la feria judicial y los amparos colectivos: cómo puede seguir el futuro judicial del DNU

Las claves para entender los posibles caminos que tomará la Justicia a partir de la habilitación de la feria judicial y qué implica el fin del amparo colectivo.

javier milei
javier milei

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 05-01-2024 06:39

Este jueves, el juez Enrique Lavié Pico, del fuero contencioso administrativo federal, habilitó la feria judicial y desarmó el amparo colectivo para tratar, por separado, las distintas demandas presentadas contra el Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobierno de Javier Milei.

Esto representa un revés para el Ejecutivo, ya que se abren más posibilidades de que sea declarado inconstitucional. ¿Cómo sigue entonces la ruta del DNU de Javier Milei en materia judicial?

“Con la habilitación de la feria judicial se va a resolver tanto la medida cautelar como la sentencia de fondo respecto de la validez o invalidez del DNU 70/2023 en general, es decir, en su totalidad”, explicó a TN el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.

“En otras palabras, si se dicta una medida cautelar, se va a suspender en su totalidad y si se dicta una sentencia de primera instancia que lo invalida, se va a invalidar en su totalidad”, resaltó el especialista.

Respecto de la vigencia del decreto, Gil Domínguez enfatizó que “está vigente, salvo en lo que concierne al Capítulo 4 dedicado al trabajo, que fue suspendido por dos medidas cautelares dictadas por la Sala de Feria de la Cámara Nacional del Trabajo”.

En concreto, la Cámara resolvió la suspensión a partir de las presentaciones que hicieron la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) que reclamaron la suspensión de las reformas laborales que incluyen, principalmente, la extensión del período de prueba de tres a ocho meses, la limitación del derecho a huelga y modificaciones en el régimen de indemnizaciones.

Fin del amparo colectivo: cada presentación contra el DNU se tramitará en su tribunal

El Gobierno pretendía que todas las presentaciones se tramiten bajo el ala de un “amparo colectivo” en el Fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, pero la CGT apeló el fallo en el que se reclamó a la Justicia laboral el cambio del expediente.

Finalmente, los jueces Alejandro Sudera y Andrea García Vior señalaron que el pedido para que la causa cambie de fuero no estaba firme y, por lo tanto, se encontraban habilitados para avanzar en la causa.

“A partir de ahora se van a resolver los planteos contra el DNU en los juzgados en los que fueron presentados y con los jueces originariamente asignados. Cada juez va a resolver -según su perspectiva- sobre la validez o invalidez del DNU y en última instancia va a ser la Corte Suprema de Justicia la que tome la decisión definitiva” concluyó el abogado constitucionalista.

Fuente: Todo Noticias

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