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Duras sanciones económicas: comenzaron a multar a personas por provocar incendios en Jujuy

Las multas leves, graves y muy graves se calculan según el precio equivalente al litro de nafta súper. Conocé los montos que rigen actualmente.

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18-10-2022 18:03

Los incendios forestales en Jujuy ya consumieron 8.000 hectáreas de las cuales 1.000 corresponden al Parque Nacional Calilegua. Por ese motivo, se triplicaron las sanciones previstas en el decreto acuerdo que declara la Emergencia Ígnea en la Provincia de Jujuy que las tipifica en leves, graves y muy graves.

Estas se miden por Unidades Fijas (UF) equivalentes al valor del litro de nafta super y una falta muy grave supera los $2 millones de multa.

Al respecto, el comisario inspector Moisés Llanos de la Unidad Regional N° 4 de Libertador General San Martín informó que ya se están labrando las actas en la zona de Yungas a personas que provoquen incendios ya que el Ministerio de Ambiente de Jujuy decretó que están suspendidas incluso las quemas programadas autorizadas.

"Las contravenciones se comenzaron a aplicar desde hace una semana, se realiza el acta de oficio, a través de denuncias anónimas o denuncias que se realizan personalmente en las comisarias", indicó.

El funcionario agregó que "los efectivos fueron capacitados para aplicarlas y las multas dependen de la gravedad. Se consulta al Juzgado para realizar la contravención o demora de la persona que lo provoca".

El Gobierno de Jujuy había anunciado a mediados de septiembre como medida restrictiva y ejemplificadora ante la provocación de incendios incrementar al triple el valor de las sanciones previstas por el Artículo 21° de la Ley Provincial Nº 5.018 de “Prevención y Lucha contra Incendios en áreas Rurales y/o Forestales”.

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FALTAS LEVES

Serán penadas primero con apercibimiento por única vez o multa: como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a tres mil seiscientos (3.600) litros de nafta súper, con los costos actuales el valor rondaría los $523.800

1) Transitar por el monte cuando se haya dispuesto la prohibición al respecto;

2) No cumplimentar el mantenimiento de los caminos, cortafuegos, vías férreas y líneas eléctricas que atraviesen forestaciones, libres de obstáculos para el tránsito de vehículos, de residuos y/o vegetación seca;

3) Acampar dentro de zonas forestales en lugares no permitidos o previstos a tal efecto;

4) Abandonar campamentos sin tener en cuenta las previsiones necesarias;

5) Dejar abandonado en el monte combustible susceptible de provocar combustión, leña, vidrios, papeles, botellas y demás materiales combustibles habituales.

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FALTAS GRAVES

Se impondrá una multas de un mínimo equivalente a seis mil (6.000) litros de nafta súper aproximadamente $873.000.

1) Encender fuego en el monte y/o establecimientos rurales sin adoptar las medidas necesarias;

2) Efectuar operaciones de uso del fuego en el monte y/o establecimientos rurales sin contar con la pertinente autorización;

3) Arrojar fósforos y/o colillas de cigarrillos al transitar;

FALTAS MUY GRAVES

La unidad fijada es equivalente a quince mil (15.000) litros de nafta súper, monto cercano $2.182.500.

1) Quemar o encender fuego cuando esté prohibido;

2) Abandonar un fuego después de encendido antes de que este esté totalmente apagado;

3) Realizar operaciones en el monte y/o establecimientos rurales con empleo del fuego, aun cuando hayan sido autorizados, sin tomar las precauciones necesarias previstas por normas vigentes.

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