¿Cómo justificar la ausencia en las elecciones 2023, paso a paso?
Se llevan a cabo las Elecciones Generales en Argentina para definir al siguiente presidente de la Nación. Además, se elegirán: presidente, vicepresidente, 130 diputados, 24 senadores y 43 representantes para el Parlasur.
Los cinco candidatos que compiten para suceder a Alberto Fernández, a partir del 10 de diciembre, son: el diputado nacional de La Libertad Avanza (LLA), Javier Milei; la de la ex ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich por Juntos por el Cambio; la del ministro de Economía, Sergio Massa, de Unión por la Patria; la del gobernador y candidato de Hacemos Unidos por Córdoba, Juan Schiaretti; y la de la abogada de derechos humanos, Myriam Bregman (PTS), por el Frente de Izquierda-Unidad.
Es importante recordar que en los comicios, el candidato presidencial electo debe obtener más del 45% de los votos o superar el 40% y sacarle 10 puntos de distancia al segundo. De no ocurrir, se recurrirá al balotaje: un sistema de segunda vuelta que se aplica cuando los requisitos de la primera elección no se cumplen. En ese caso, el balotaje será el 19 de noviembre.
Quiénes deben justificar su ausencia en los comicios
El sufragio es de carácter obligatorio para todos los electores que figuren en el padrón electoral, a menos que estén contemplados en las excepciones detalladas en la legislación. La Ley de Ciudadanía Argentina, la 26.674, establece: Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito.
La legislación indica que son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad que no estén inhabilitados por ley a emitir el voto.
Estos son los casos en que una persona está exceptuada de asistir a votar y que deben justificar la ausencia en caso de no concurrir a las urnas el 22 de octubre:
- Si el día de los comicios se encuentra a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tiene que votar y justifica ante la autoridad policial, más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
- Si está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional. Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente.
- Por otro lado, según el artículo 127 del Código Nacional Electoral, los jefes de los organismos nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales expedirán una constancia de acuerdo al modelo que establezca la reglamentación, que acredite el motivo de la omisión del voto y en la que se aclare cuando la misma haya sido originada por actos de servicio por disposición legal, siendo suficiente constancia para tenerlo como no infractor.
- Por otro lado, estará justificada la ausencia del personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
- Además, si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
Cómo justificar la ausencia en las elecciones
Las personas que no puedan cumplir con su voto y necesiten la extensión de una constancia por NO VOTACIÓN, podrán solicitarla a través de la página https://tramites.seguridad.jujuy.gob.ar que será gratuita desde las 08:00 hasta las 18:00 (pasado ese horario, el trámite tendrá un valor $300).
El requisito será llevar tu DNI (en caso que lo hayas extraviado, deberás contar con una constancia de extravío).
También podés solicitar por medio de esta página: https://tramites.seguridad.jujuy.gob.ar/tramite
- Certificado de Residencia y Convivencia $300 trescientos pesos
- Certificado de Extravió $300 trescientos pesos
- Por justificativo laboral $100 cien pesos
- Planilla prontuarial $1000 mil pesos
Luego tendrán que presentar el justificativo para evitar posibles sanciones económicas y la imposibilidad de realizar trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales en todo un año.
Para esto se debe realizar una consulta a través de Internet y enviar los documentos que corroboren el motivo de fuerza mayor que les impidió emitir el sufragio. Cuentan con 60 días desde las elecciones para presentar el formulario ante la Justicia Electoral, ya que en caso contrario la multa se adherirá automáticamente en el Registro de Infractores de cada persona.
Pero también se desplegará una lista con las clases de justificaciones para no asistir el día de los comicios. Ahí se debe adjuntar la documentación que acredite el motivo seleccionado en la etapa anterior, colocar el número de teléfono y una dirección de correo electrónico.
Fuente: Infobae