Detallaron cómo se aplicará la emergencia energética y tarifaria en Jujuy
El Gobierno de Jujuy oficializó el decreto que reglamenta la emergencia energética y tarifaria en todo el territorio provincial, una medida que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027 y que incorpora una serie de beneficios y protecciones para los usuarios de los servicios de energía eléctrica y agua potable.
La normativa, firmada por el gobernador Carlos Sadir, faculta a la Secretaría de Energía y a la Superintendencia de Servicios Públicos (SUSEPU) a implementar las acciones necesarias para garantizar la continuidad, accesibilidad y estabilidad de los servicios esenciales.
Más protección frente a los cortes de energía
Uno de los principales cambios alcanza a los usuarios residenciales de la categoría T1 (hasta 5 kW de potencia contratada).
A partir de ahora, el servicio eléctrico no podrá ser interrumpido por falta de pago hasta que transcurran 20 días corridos desde el vencimiento de la segunda factura consecutiva impaga, ampliando el plazo que regía hasta el momento.
Además, el decreto dispone que el medidor solo podrá retirarse una vez cumplidos 60 días desde la interrupción del suministro, brindando más tiempo para que los usuarios regularicen su situación.
No se cobrarán intereses punitorios
Otra de las medidas incluidas en el decreto establece que las empresas prestatarias no podrán aplicar intereses punitorios por mora en las facturas de energía eléctrica mientras dure la emergencia.
En el caso del servicio de agua potable, la prohibición alcanzará a los usuarios con consumos mensuales de hasta 30 metros cúbicos y a quienes utilizan grifos comunitarios.
Continúan la Tarifa Social y el subsidio para la Puna
El Ejecutivo provincial también ratificó la continuidad de los beneficios vigentes para distintos sectores de la población.
Seguirá vigente el subsidio del 50% previsto por la Ley de la Puna, así como la Tarifa Social, que contempla un subsidio del 100% del cargo fijo y del 25% del cargo por uso de red para los usuarios que cumplan con los requisitos establecidos.
Además, la Secretaría de Energía y la SUSEPU realizarán campañas de difusión y reempadronamiento para facilitar el acceso a estos programas.
Refinanciación conjunta de deudas
Como parte de las medidas excepcionales, el decreto habilita que las deudas correspondientes al servicio de Agua Potable puedan incorporarse a los convenios de refinanciación que celebren los usuarios con la empresa distribuidora de energía, facilitando la regularización de ambas obligaciones en un mismo plan de pagos.
Mayor control sobre las prestatarias
Por último, el Gobierno instruyó a la SUSEPU para que intensifique las tareas de regulación, fiscalización y control con el objetivo de garantizar el cumplimiento de las nuevas disposiciones por parte de las empresas prestadoras.