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DIVERSIDAD

Cómo es el protocolo de Jujuy para registrar el cambio de género en las escuelas

Jujuy es la primera provincia de Argentina en la que se puede registrar el cambio de identidad de género en las escuelas. Todos los detalles

Estudiantes, escuela, aula
Estudiantes, escuela, aula

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 02-06-2023 11:12

Jujuy se posicionó hace algunas semanas como la primera provincia de Argentina en permitir el cambio de género según la identidad autopercibida en las escuelas. Se trata de un protocolo aprobado por el Ministerio de Educación de Jujuy. 

Cambio de género en las escuelas de Jujuy: ¿Sabes qué implica este protocolo?

Es una iniciativa impulsada desde el Programa de Educación Sexual Integral que establece pautas para registrar la identidad de género autopercibida en legajos y títulos.

Se trata de un protocolo para todas las escuelas de la provincia, tanto públicas como privadas. El registro incluye a la trayectoria educativa en todos los niveles y también la rectificación en la documentación referida al título en el caso de quienes ya egresaron.  

Datos a tener en cuenta sobre el protocolo: 

  • Las solicitudes para registrar el cambio de identidad de género en las escuelas se harán por escrito.
  • Las escuelas tendrán la obligación de adecuar toda la documentación institucional según a la identidad de género expresada por la persona.
  • Se deberán respetar la forma de expresar y registrar la identidad de género autopercibida, esto aplica tanto al trato cotidiano como conversaciones formales dentro de las escuelas.
  • La publicación del protocolo generó polémica en algunos sectores. Asimismo, desde el Ministerio de Educación explicaron que el objetivo es “dar una respuesta a la demanda que ya está instalada en las escuelas”.

Video de Somos Jujuy para explicar la iniciativa que permite cambiar el género en las escuelas de Jujuy

Jujuy permite cambiar la identidad de género autopercibida en el ámbito educativo

Protocolo de actuación

Consideraciones generales

  • En todos los casos, la solicitud se hará por escrito utilizando los formularios previsto en el Anexo II. 
  • El formulario se agregará al legajo correspondiente a la persona solicitante junto a la documentación que se presente.
  • Toda documentación, comunicación y /o trato en lo cotidiano que verse sobre el cambio de identidad de género autopercibida de una persona que reviste carácter confidencial no pudiendo divulgar información al respecto
  • A partir de la solicitud, los establecimientos educativos deberán adecuar toda la documentación institucional conforme a la identidad de género expresada por la persona y notificarán a todo el personal del establecimiento a fin de garantizar el respeto de su identidad.
  • Las instituciones educativas deberán respetar toda forma de expresar y/ o registrar la identidad de género autopercibida de las personas en: los intercambios verbales y trato no formal entre las personas como charlas, procedimientos escritos formales y sencillos dentro del establecimiento como formularios, registros, legajos, exámenes, boletines de calificación, llamados y otro trámite administrativo.
  • Procedimientos escritos formales fuera del establecimiento educativo como expedición de certificados y títulos de finalización de estudios., certificados analíticos, etc.

Personas con rectificación registral de sexo / género

Las personas que realizaron la rectificación registral de sexo/género  y/o nombre de pila en su partida de nacimiento ante el Registro Civil y posteriormente obtuvieron la expedición de un nuevo DNI o tienen el DNI en trámite, deben realizar el siguiente procedimiento:

  • Deberá informar por escrito al establecimiento educativo completando y presentando en la institución el formulario A previsto en el protocolo.
  • En caso de menores de 16 años, será suficiente con que el Formulario A sea suscripto por la infancia o adolescencia interesada conjuntamente con un solo representante legal, progenitor, tutor, etc.
  • En caso de menores entre 16 y 18 años, al poder ejercer sus derechos por si mimos, el formulario A será firmados por ellos mismos.
  • Una vez recibido el formulario A, el establecimiento deberá confeccionar un nuevo legajo con la fotocopia de la partida de nacimiento rectificada y autenticada y fotocopia del nuevo DNI o constancia de DNI en trámite.
  • La institución deberá agregar el formulario A en el legajo anterior de la persona solicitante.
  • El establecimiento deberá adecuar todos los procedimientos y documentación escolar conforme a la identidad autopercibida de la persona.
  • El establecimiento deberán informar a todo el personal a fin de garantizar el respeto a la identidad autopercibida.

Presentación oficial del protocolo
Presentación oficial del protocolo que permite el cambio de género en las escuelas - Foto: Canal 7 de Jujuy