Jujuy
SALUD

En Jujuy se realizaron 1.640 abortos durante los primeros 9 meses de este año

Los datos son informados por el Ministerio de Salud de la Nación. Se trata tanto de interrupciones legales como voluntarias.

Misoprostol - Aborto - Interrupción del embarazo
Misoprostol - Aborto - Interrupción del embarazo

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 28-12-2022 17:58

La interrupción voluntaria del embarazo es legal desde diciembre del 2020 en Argentina. De enero del 2021 a septiembre de este año, en Jujuy se efectuaron 3.383 abortos, correspondientes tanto a interrupciones por motivos legales como por causas personales.

Se trata de datos oficiales del Ministerio de Salud de Argentina, a los que accedió e hizo públicos Chequeado.com. De acuerdo a los reportes, el año pasado hubo un total de 1.743 procedimientos, mientras que hasta el noveno mes del 2022 suman 1.640.

Jujuy es la tercera provincia con mayor tasa de abortos, considerando que hubo 16,5 interrupciones de embarazo cada mil mujeres en edad fértil. El top tres se completa con Tucumán, con una tasa de 17,5, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que reporta 21 abortos cada mil mujeres con capacidad de gestar.

En el otro extremo de la tabla se encuentra San Juan, con 3,5; Chaco, con 4,6 y Misiones y Corrientes, ambas provincias presentan una tasa de abortos de 4,7 con relación a un millar de mujeres fértiles.

LOS NÚMEROS DEL PAÍS EN CUANTO A ABORTO

A lo largo de todo el año 2021, se registraron 73.487 interrupciones de embarazos en todo el país. En tanto, desde enero y hasta el último septiembre fueron 59.267 los abortos en el sistema público de salud. Es decir que entre interrupciones legales y voluntarias del embarazo suman 132.754.

ABORTO LEGAL EN ARGENTINA

La ley 27.610 regula la interrupción voluntaria del embarazo en Argentina. "Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana 14 inclusive del embarazo", precisa la normativa.

Después de la semana 14 y sin un plazo máximo, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo solo en las siguientes situaciones:

  • Si el embarazo es resultado de una violación. En este caso se necesita el consentimiento informado ante el personal de salud y la declaración jurada, es decir el documento donde la persona requirente manifiesta que el embarazo es producto de una violación. Si se trata de niñas menores de 13 años de edad no se exige declaración jurada.
    En ningún caso se podrá exigir denuncia judicial o policial como requisito para el acceso a la práctica.
  • Si estuviere en peligro la vida o la salud de la persona gestante. En este caso se necesita el consentimiento informado y la constancia de la causal en la historia clínica. El peligro para la vida o la salud debe ser evaluado y establecido por el personal de salud interviniente. Este peligro implica la posibilidad de afectación y no exige la configuración concreta de un daño.

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