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NUEVAS MEDIDAS

El Gobierno Nacional incorporó "medidas sanitarias extraordinarias" para evitar la propagación de la gripe aviar

Los ítems que regirán a nivel nacional fueron oficializados por medio de la Resolución 166/2023 del Boletín Oficial. Hasta el momento, el Senasa confirmó 11 casos en aves silvestres en todo el país

gripe aviar
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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 23-02-2023 06:52

Ante el aumento de casos detectados de gripe aviar, el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial una serie de “medidas extraordinarias” destinadas a evitar la propagación del virus en todo el país. Las mismas establecen restricciones vinculadas a las aves domésticas, ornamentales y silvestres. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) confirmó que ya son 11 los casos detectados y se remarcó la importancia de no tener contacto directo con dichos animales.

Con la firma de Diana Guillén, presidenta del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) se publicó la Resolución 166/2023 en el Boletín Oficial. En el artículo 1 se aclara que en todo el país “se establecen medidas sanitarias extraordinarias ante la declaración de la emergencia sanitaria por Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP) en la Respública Argentina”.

Concentraciones de aves vivas. Se prohíbe en todo el Territorio Nacional la realización de exposiciones, ferias, eventos y actividades recreativas que impliquen concentración y movimiento de aves domésticas, ornamentales y silvestres con cualquier motivo y finalidad.

Cuáles son algunas de las “medidas extraordinarias” que regirán en todo el territorio nacional:

  • Prohibición de distribución o venta de aves vivas en forrajerías, agropecuarias o veterinarias.
  • Prohibición de movimiento de aves de traspatio, ornamentales y de deporte.
  • Ante la falta de la documentación sanitaria que ampara el movimiento de aves vivas por cualquier motivo y/o finalidad, se realizará su intervención en cumplimiento de la normativa vigente. Por tal motivo, ante una irregularidad se podría procederse al decomiso.
  • Se establecen medidas extraordinarias para la autorización de ingreso de genética aviar al país, como así también su traslado dentro del territorio, independientemente de la situación sanitaria del país exportado.
  • Ante la notificación de aves con sintomatología compatible con la IAAP dentro de áreas protegidas, se establecerán las medidas sanitarias necesarias que permitan minimizar la dispersión de la enfermedad. Entre las medidas a adoptar, se encuentra el limitar el acceso al público.
  • Se solicitará a las autoridades de fauna provinciales que arbitren los medios necesarios para reducir la difusión del virus de IAAP a través de la fauna silvestre, limitando las actividades que favorezcan la dispersión de las aves y el contacto entre aves silvestres y personas, como las actividades de caza.

De esa manera, se reforzarán los controles y medidas dispuestas para reducir la cantidad de casos positivos de gripe aviar en la argentina. Hasta el momento, todos fueron detectados en animales y se aclaró que el riesgo de transmisión a humanos es bajo. Aún así, se recomendó evitar el contacto directo con las aves silvestres.

Desde el Ministerio de Salud se informó que “la enfermedad no se transmite a las personas por medio del consumo de carne aviar y sus subproductos. Por lo tanto, no hay peligro en la ingesta de estos alimentos”. Si bien existen pocas posibilidades de una transmisión humana, esta se pueda dar cuando las secreciones o excretas de aves infectadas son inhaladas por las personas o el virus toma contacto con las mucosas de boca, nariz u ojos.

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