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INFLACIÓN

Los alquileres de las viviendas y departamentos aumentarán un 100% en todo el país

La nueva ley obliga a ajustar el monto cada 12 meses con un índice que saltó por la inflación. La fórmula ya arroja porcentajes de 3 cifras.

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Somos Jujuy por Somos Jujuy | 19-05-2023 12:12

Hay inquilinos en todo el país que pronto deberán afrontar un aumento de alto impacto en el bolsillo. Son los que firmaron un contrato bajo la nueva ley de alquileres, llevan 12 meses pagando lo mismo y ahora les toca el ajuste anual obligatorio.

Desde junio de 2023, esas familias tendrán que abonar por la vivienda al menos el doble de lo que desembolsaron en mayo. Por primera vez, el porcentaje de incremento tendrá tres cifras en vez de dos.

Será ahora al menos del 100%, subiendo así un nuevo escalón en comparación con el 95,9% que se había aplicado en las actualizaciones de mayo, el 92,6% de abril, el 89,5% de marzo, el 85,8% de febrero y el 81,4% de enero.

El nuevo salto, ya confirmado, obedece a que según la norma vigente el monto mensual del alquiler debe actualizarse cada año reflejando en buena parte la evolución del índice de inflación. Y ese indicador se disparó recientemente hasta niveles nunca vistos en más de 30 años.

Para muchos inquilinos el ajuste anual de junio será el primero de su contrato. Para otras será el segundo y último, en caso de que hayan iniciado su alquiler en el sexto mes del 2021.

En cualquier caso, la manera de calcular el nuevo importe -el que regirá para los próximos 12 meses- es la misma. Y es clave para todas las partes conocerla bien.

¿Cómo se debe definir el porcentaje de aumento anual del alquiler, según la ley actual?

La controvertida ley nacional 27.551 -aún vigente pese a los rumores de cambios- ordenó que los contratos deben durar al menos tres años. Y estableció que, durante ese período, sobre el precio mensual "sólo pueden realizarse ajustes anuales" con una fórmula determinada.

La norma ordena hacer esos ajustes "utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)".

Es decir, que los aumentos quedan en un punto medio entre lo que hayan avanzado en el último año la inflación general y los salarios de los trabajadores registrados en relación de dependencia, siempre según datos oficiales.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) es la entidad que elabora y publica ese índice, llamado Índice para Contratos de Locación (ICL). El valor actual del ICL y todos los anteriores, día por día, se pueden consultar en la web del BCRA (www.bcra.gob.ar).

De allí surge, por ejemplo, que en julio de 2020 el ICL había arrancado en 1,0; que en junio de 2022 (hace casi un año) ya era de 2,09; y que junio de 2023 lo iniciará en 4,18. Es decir, que en menos de tres años acumuló un avance del 318%.

Fuente: Clarín

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