Luego de que el Senado y la Cámara de Diputados aprobaran el proyecto con un amplio respaldo, el Gobierno nacional promulgó la ley de cuidados paliativos, que garantiza este servicio esencial a pacientes del ámbito público, privado y de la seguridad social, así como también prevé el acompañamiento a sus familiares.
Lo hizo a través del decreto 417/2022 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, que lleva la firma de Alberto Fernández, el Jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
Según el texto de la ley N° 27.678, los cuidados paliativos se definen como "un modelo de atención que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con enfermedades que amenazan o limitan la vida".
Su abordaje involucra "la prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana, evaluación y tratamiento del dolor y otros problemas físicos, psicológicos, sociales y espirituales".
Entre los principales objetivos de esta ley, se destaca la intención de "desarrollar una estrategia de atención interdisciplinaria centrada en la persona que atienda las necesidades físicas, psíquicas, sociales y espirituales de los pacientes".
También resulta necesario "promover el acceso a las terapias tanto farmacológicas como no farmacológicas disponibles, basadas en la evidencia científica y aprobadas en el país".
Además, se promoverá la formación profesional -tanto de grado como de posgrado-, la educación continua y la investigación sobre este tipo de cuidados.
En tanto, la ley remarca que las obras sociales y todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados deberán "brindar cobertura en cuidados paliativos a las personas que lo necesiten, incluyendo como mínimo las prestaciones que determina la Autoridad de Aplicación".
UNA POR UNA, LAS FUNCIONES DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN
En el Artículo 6°, se establecen las diferentes funciones que quedan a cargo de la Autoridad de Aplicación, el organismo estatal que se tiene como propósito garantizar el cumplimiento de lo establecido en la ley.
Diseñar, desarrollar e implementar acciones integradas en un modelo de atención de cuidados paliativos que contemple el acceso oportuno y continuo a los cuidados paliativos a lo largo de todo el ciclo vital, desde el período perinatal hasta las personas mayores, y en los distintos niveles y modalidades de atención, incluyendo el domicilio.
Impulsar el desarrollo de dispositivos de cuidados paliativos para pacientes y familiares y/o entorno significativo coordinados en red a partir y durante el tiempo que resulte necesario incluyendo el duelo en caso de fallecimiento.
Propiciar la conformación de equipos de trabajo interdisciplinario y multidisciplinario para el área de cuidados paliativos en todos los subsectores de salud.
Promover la figura del voluntariado en los equipos interdisciplinarios en las distintas modalidades.
Propiciar el acceso a medicamentos esenciales en cuidados paliativos, especialmente a los analgésicos en distintas formulaciones, revisando la normativa vigente y actualizándola según recomendaciones actuales.
Fomentar la capacitación y formación en cuidados paliativos básicos para profesionales de la salud en todos los niveles educativos terciario o universitario, tanto en grado como en postgrado y la especialización en los mismos. El presente inciso tendrá una aplicación gradual y progresiva, acorde al desarrollo de las acciones preparatorias en aspectos curriculares y de capacitación.
Fomentar la capacitación y formación permanente en cuidados paliativos en todos los niveles de atención, con especial énfasis en la atención primaria de la salud.
Promover y apoyar la investigación científica en cuidados paliativos.
Elaborar y difundir materiales accesibles de comunicación y capacitación orientados a la sensibilización sobre los derechos de las personas a recibir cuidados paliativos y a instalar el enfoque integral que estos promueven.
Proporcionar a la comunidad los conocimientos y herramientas necesarios para sostener el proceso de cuidado del paciente en el ámbito familiar y comunitario.
Elaborar y actualizar niveles de intervención y criterios de derivación, propiciando que los establecimientos públicos, privados con o sin fines de lucro, y de la seguridad social, adopten medidas que permitan el acceso equitativo a los cuidados paliativos en todas las etapas de una enfermedad que amenace y/o limite la vida.
Promover la celebración de convenios con los distintos actores involucrados en la temática.
Promover en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA) acciones de cooperación regional. Y continuar con las acciones de cooperación a nivel nacional enmarcadas en el Programa Nacional de Cuidados Paliativos (PNCP) n) Propiciar el trabajo colaborativo con las organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática.
Promover la detección de personas que por su diagnóstico médico requieran de atención paliativa; y, a partir de los datos epidemiológicos obtenidos, establecer el rediseño de una política sanitaria activa en la materia.
Promover el diseño e implementación de un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación de la accesibilidad a los cuidados paliativos para que, en coordinación con las jurisdicciones, se elaboren informes periódicos
Fuente: Clarín