Desde el año 2012, en Argentina los adolescentes de 16 y 17 años que figuran en el padrón pueden participar de las elecciones. En Jujuy, para las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) de este domingo 13 de agosto están habilitados para votar 21.599 jóvenes.
Por la cifra de menores autorizados a sufragar, los comicios del 2023 en Argentina marcarán un hito en la participación política, ya que a nivel país más de un millón de adolescentes tendrán la oportunidad de ejercer su derecho al voto por primera vez.
Según dieron a conocer, un total de 1.168.033 adolescentes argentinos se sumarán al proceso electoral. Este grupo de nuevos votantes representa aproximadamente el 3,3% de los electores inscriptos en el padrón nacional. Sin embargo, de esta cifra se excluye a 3.213 jóvenes que residen en el extranjero, quienes, según la normativa electoral vigente, no pueden participar en las Paso pero sí en las elecciones subsiguientes.
El secretario de Actuación Electoral, Sebastián Schimmel, explicó que “todos los jóvenes que cumplan 16 años entre el 13 de agosto y el 22 de octubre están incluidos en el padrón y podrán votar por primera vez”.
Además, Schimmel destacó que aquellos que tengan 15 años para el 13 de agosto también podrán votar en las Paso y en los demás comicios, siempre y cuando cumplan los 16 años antes del 22 de octubre.

Participación geográfica y demográfica
Del millón de nuevos votantes incorporados al padrón electoral para estas elecciones, excluyendo a los jóvenes en el exterior, la provincia de Buenos Aires lidera con 456.346, seguida por Córdoba con 92.969 y Santa Fe con 81.312.
La distribución abarca todo el país, desde la ciudad de Buenos Aires hasta las provincias más distantes, reflejando la diversidad y el alcance de esta oportunidad para los jóvenes de participar activamente en el proceso democrático.
Provincia por provincia:
- Buenos Aires: 456.346
- Córdoba: 92.969
- Santa Fe: 81.312
- Ciudad de Buenos Aires: 60.404
- Mendoza: 51.184
- Tucumán: 44.610
- Salta: 39.883
- Misiones: 38.227
- Entre Ríos: 35.226
- Chaco: 33.040
- Corrientes: 30.072
- Santiago del Estero: 26.188
- San Juan: 23.797
- Jujuy: 21.599
- Río Negro: 19.311
- Neuquén: 18.993
- Formosa: 17.609
- Chubut: 15.664
- San Luis: 15.114
- Catamarca: 11.286
- La Rioja: 10.558
- Santa Cruz: 10.053
- La Pampa: 9.082
- Tierra del Fuego: 5.253
¿QUIÉNES ESTÁN EXENTOS DE VOTAR?
El artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en parte en el Código Nacional Electoral, establece que los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, como los mayores de 70, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no presentarse a sufragar. Por eso, en estos casos, la emisión del voto es opcional y de no participar de las elecciones, su ausencia no necesita ser justificada.

Además, pesar de que el voto en los comicios nacionales es obligatorio, la ley establece algunas otras excepciones para determinados grupos de personas:
- Quienes estén a más de 500 kilómetros del lugar de votación y tener una justificación válida que impida el traslado.
- Quienes estén enfermos o imposibilitados de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se debe presentar una justificación.
- Quienes formen parte de organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.
- Ser juez o auxiliar y estar en funciones durante la elección.

