Nacionales

El Gobierno promulgó la ley de alquileres: cuáles son los principales cambios

La Ley 27.551 modifica las reglas de juego entre inquilinos y propietarios y estable nuevas normas para los contratos de locación.

ley-de-alquileres-1
ley-de-alquileres-1

30-06-2020 09:17

El Gobierno promulgó este martes la ley de alquileres mediante el Decreto 580/2020, publicado en el Boletín Oficial. La Ley 27.551 modifica las reglas de juego entre inquilinos y propietarios establecidas en el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas normas para los contratos de locación.

La publicación, firmada por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y las ministras de Justicia, Marcela Losardo; y de Desarrollo Territorial, María Eugenia Bielsa; autoriza la norma que había sido sancionada por el Congreso el 11 de junio pasado, aprobada por 41 votos del oficialismo.

Entre los nuevos beneficios para los inquilinos, amplía de dos a tres años el plazo mínimo de un contrato de alquiler de vivienda y favorece un sistema de garantías mas flexible, al disponer que el inquilino debe proponer al locador al menos dos de un abanico de cinco opciones: título de propiedad, aval bancario, seguro de caución, fianza o fiador, o recibo de sueldo.

Además, fija un procedimiento para el ajuste del valor mensual de los contratos, que deberá actualizarse de forma anual en base a un nuevo índice, que estará compuesto en partes iguales por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que elabora el Indec, y el de variación salarial de los trabajadores registrados (Ripte), del Ministerio de Trabajo. Todos los meses, el Banco Central publicará el valor de referencia.

Con esta nueva norma, solo se podrá pedir al inquilino, en concepto de depósito, el equivalente al monto del primer mes de alquiler. No se permitirá exigir pagarés ni ningún otro adicional.

En relación a las expensas extraordinarias, que no hagan al uso de la propiedad, deberán correr por cuenta del propietario. Mientras que el inquilino deberá saldar los gastos asociados al usufructo: las facturas de luz y gas, el pago destinado al personal de mantenimiento, entre otros.

El locatario también podrá avanzar con reparaciones, siempre con previo aviso al propietario, y descontar esos gastos de la cuota del alquiler.

A su vez, la nueva Ley obliga a registrar todos los contratos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), algo que venían pidiendo los inquilinos, ya que esto les permite a quienes tributen impuesto a las Ganancias hacer la deducción del alquiler.

Finalmente, la ley regula los mecanismos de resolución anticipada y de renovación de los contratos. En el primer caso, el inquilino deberá anunciar su salida con tres meses de anticipación, de lo contrario deberá pagar las penalidades convenidas. En el segundo escenario, deberá ejecutarse dentro de los últimos tres meses de la relación contractual y podrá ser solicitada por cualquiera de las dos partes, en un plazo no mayor de quince días corridos.

Desde Inquilinos Agrupados celebraron la promulgación de la Ley de Alquileres mediante una publicación en las redes sociales y llamaron a todos aquellos que alquilan "a defenderla y hacerla cumplir".

Fuente: Todo Noticias

Temas relacionados Nacionales Principal