De cara a las Elecciones del domingo 22 de octubre, surgen dudas respecto a la obligación de ir a votar en caso de haberse ausentado en las PASO. Lo cierto es que todas las personas que no votaron en las elecciones anteriores deben presentarse igualmente en las siguientes, siempre y cuando tengan entre 18 y 70 años y figuren en el padrón electoral.
Faltar el día de los comicios puede causar sanciones económicas que van desde 50 a 500 pesos, o la imposibilidad de realizar trámites ante entes municipales, provinciales y nacionales. Sin embargo, esto no exime a las personas para que puedan ir a votar a las próximas elecciones.
Lo mismo pasó con las primarias. Aquellas personas que no fueron a las PASO deben hacerlo de forma obligatoria en las generales, como también ante un posible balotaje el próximo 19 de noviembre.
Para consultar si existe alguna multa por no ir a votar hay que dirigirse a la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) e ingresar a la categoría "Registro de Infractores".
"La tramitación de las solicitudes cursadas por esta vía se encuentra bajo exclusiva responsabilidad de la Secretaría Electoral del distrito", detalla la web del CNE.
Para ingresar sólo se debe colocar el número de documento, el género y el distrito electoral, además de escribir el código de validación que solicite la página. Finalmente, hay que hacer clic en "Consultar" para corroborar si se adeuda alguna multa por no votar.
Leer más: Dónde votar en las Elecciones 2023: cómo consultar el padrón electoral
¿Es obligatorio votar a los 16 años?
En nuestro país el voto es obligatorio para todas las personas mayores de 16 años y menores de 70. De todas maneras, el Código Electoral Nacional no establece ninguna penalidad para los votantes de 16 y 17 años en caso de no votar.
¿Hasta qué hora puedo votar?
Se puede votar desde la 8 de la mañana hasta las 18 horas. En ese momento, se cierran las puertas de los centros de votación y las autoridades de mesa deberán esperar que terminen de votar todas las personas que ingresaron antes.
¿Cuándo pueden ir a votar los adultos mayores?
No existe un horario en particular para la votación de adultos mayores. Pueden hacerlo, como el resto de la ciudadanía, de 8 a 18 horas. De todas maneras, en el caso de que un elector presente algún tipo de limitación o discapacidad puede solicitar prioridad para votar, como así también los adultos mayores y las personas gestantes y/o con niños o niñas, según establece la DINE.