Política
JUJUY

Guillermo Jenefes: "Tenemos que ponerle fin al deterioro institucional y garantizar un equilibrio de poderes hacia adelante"

El presidente del bloque del partido Justicialista hizo uso de la palabra en el debate final de la convención.

Guillermo Jenefes
Guillermo Jenefes

Somos Jujuy por Somos Jujuy | 18-06-2023 09:06

Tras una larga sesión en la Legislatura de Jujuy, se aprobó la reforma parcial de la Constitución con el debate final de los convencionales.

La asamblea fue presidida por Gerardo Morales, e hicieron uso de la palabra los presidentes de cada uno de los bloques: Alejandro Nieva por el Frente Cambia Jujuy y Guillermo Jenefes por el Frente Justicialista.

En el momento de su alocución, Guillermo Jenefes expresó lo siguiente:

Sr. Presidente: 

El 7 de mayo pasado en nuestra Provincia se eligieron no sólo quienes gobernarán Jujuy durante los próximos cuatro años, sino que también fuimos electos los convencionales constituyentes para debatir la provincia para nosotros, para nuestros hijos e hijas y para sus hijos e hijas.  

Estamos ante un MOMENTO HISTÓRICO. No todos los días se reforma nuestra Constitución. Yo estoy aquí para dictar una Ley Suprema que limite al poder político y amplíen derechos a los ciudadanos. 

Estamos ante la responsabilidad de generar REGLAS DE JUEGO claras y justas para nuestro sistema institucional y para nuestra democracia. Reglas que apliquen para todos y todas, para que nadie esté por encima de la ley. Esta es la OPORTUNIDAD para SENTAR LAS BASES de un proyecto sólido de provincia. 

Como lo he manifestado con anterioridad, creo que la Reforma Constitucional debe surgir de gran ACUERDO POLÍTICO Y SOCIAL. Que logre consolidar lo bueno que se logró hasta aquí. Que le ponga fin al deterioro institucional y garantice un EQUILIBRIO DE PODERES hacia adelante. Un equilibrio que logre poner freno al ABUSO DE PODER de algunos pocos. Para que nadie pueda, en nombre del Estado provincial, presionar a los jujeños y jujeñas.

Como convencional constituyente asumí el compromiso con un único objetivo RECUPERAR LOS VALORES de nuestra sociedad, el ESFUERZO, el TRABAJO, y el RESPETO a las ideas de los demás. 

Como presidente del Frente Justicialista asumí responsabilidad de trabajar para garantizar UNA REFORMA SERIA, que defienda los derechos de los jujeños y jujeñas por encima de todo y que siente las bases para que vivamos mejor en el futuro. Con el objeto de llegar a una Constitución que se dicte con el acuerdo de todos los partidos políticos y las fuerzas vivas de la provincia. Una Constitución legitima.

Creo que esto se logra ESCUCHANDO a la sociedad, a los pueblos originarios, a las mujeres, a cada persona que quiera ser parte. DIALOGANDO con las instituciones. Buscando crear CONSENSOS PROFUNDOS sobre los temas más importantes, tomando como base las necesidades y opiniones de la ciudadanía y sus instituciones. 

La reforma a nuestra Constitución merece una respuesta desde la política, pero desde la verdadera política, la que custodia a rajatablas el sistema republicano de gobierno y las instituciones de la democracia. Tenemos que ponerle fin al deterioro institucional y garantizar un EQUILIBRIO DE PODERES hacia adelante.

La Reforma está en desarrollo y es nuestra RESPONSABILIDAD PARTICIPAR para aportar conocimiento, experiencia y capacidad de generar consensos en la elaboración de las bases para el FUTURO de Jujuy.  Para proponer, desde los valores y el conocimiento, un proyecto de provincia sólido, que genere las condiciones para que los jujeños puedan vivir con DIGNIDAD, en una provincia MODERNA.

Pero también para garantizar desde la Convención Constituyente, que esta Reforma no se transforme en la consolidación de la DEGRADACIÓN INSTITUCIONAL.

Que nadie se equivoque: los convencionales del Frente Justicialista somos la última barrera de defensa para alcanzar una provincia con equilibrio, en el que nadie sea más que nadie, en la que ninguna fuerza política pueda hacerse con todo el poder y donde las leyes sean respetadas. 

Con este espíritu y convicciones iniciamos la labor legisferante; pero no puede dejar de señalar el apremio en los tiempos.  

Desde el desconocimiento del texto propuesto por el bloque de la Mayoría, por cuanto el mismo no fue presentado hasta ya iniciado los debates en comisión. Hecho que quedo reflejado en la nota presentada a la Presidencia “En efecto, a partir de los acontecimientos referidos, creemos necesario que se establezca un cronograma de trabajo que contemple los tiempos adecuados y suficientes que requiere el estudio de los textos para poder proponer al debate, iniciativas que enriquezcan el proyecto presentado y que, además, recojan las sugerencias realizadas por quienes hayan sido escuchados en las reuniones de las distintas Comisiones...De igual manera, en muchas de las reuniones de Comisiones mantenidas con ésos invitados se ha planteado y aceptado la necesidad de celebrar nuevos encuentros sobre textos concretos para los diferentes artículos a reformar, lo que requiere de un trabajo previo de los Convencionales para analizar las diferentes propuestas que puedan presentarse, con la posibilidad, de alcanzar consensos, de modo tal de exponer ante los referentes convocados, ya sea un texto único o alternativas de despachos a ser sometidos al debate en el plenario. Esta tarea, no menor por cierto, también, requiere de un tiempo de estudio de las iniciativas que puedan presentarse y del necesario debate entre los Convencionales con el fin de intentar encontrar los acuerdos que puedan alcanzarse.”

También solicitamos un cronograma de trabajo que permita hacer nuestros aportes en los debates en Comisión; por cuanto el proyecto ha ingresado a la Convención el jueves 1º de junio de 2023 y ha sido considerado en el seno de la Comisión de Labor Parlamentaria el día viernes 2 de junio, siendo el mismo girado a las distintas comisiones el día lunes 5, iniciando el debate sobre el articulado en particular el día martes 6 de junio en algunos casos.  Entendíamos que el debate en el seno de las Comisiones no está finalizado ni mucho menos.  El mismo debe continuar y así lograr un estudio minucioso para el dictado de los despachos correspondiente

Nuevamente una respuesta contraria que quedo plasmada en el Acta de Labor Parlamentaria donde NO solo no se hizo lugar a nuestro pedido, sino que cerraron el debate en Comisión. 

Al respecto La Corte Suprema de la Nación se ha manifestado sobre la relevancia e importancia de las comisiones legislativas “...Las comisiones de una convención constituyente, al igual que sus pares parlamentarios, estudian minuciosa y detenidamente en su fondo y forma los asuntos que despachan, teniendo más valor que los debates en general dentro de la convención o las opiniones individuales de los convencionales constituyentes (CSJN - Fallos: 77:319 y 120:372).”

Así llegamos al debate del plenario, donde le pedí a Dios que es fuente de toda sabiduría nos de un poco de esa sabiduría para que tengamos la mejor Constitución en todas nuestras coincidencias y en nuestras disidencias.

Pedro de Vega y García, catedrático de Derecho Constitucional ha dicho: «Donde hay oposición hay democracia». Es decir, la existencia de oposición en los Parlamentos es el dato elocuente que permite descifrar el carácter de una democracia o de una autocracia, según las circunstancias. Y ese juego de gobierno y oposición dinámica y dialéctica se compagina de manera tal que permite armonizar el derecho a gobernar, que tiene la mayoría, con el derecho a gestar la alternancia, que tienen las minorías. 

Nuestros Parlamentos fueron pensados hace muchos siglos. Ya Locke hablaba de la separación entre el poder que crea la ley y el de los órganos que la aplican; y esa era para él la verdadera separación, que recogió después Montesquieu. Y en las virtudes del poder que crea la ley que no la va a aplicar ni para administrar ni para juzgar. Esto vale hoy más que antes, porque a diferencia de aquellas épocas de Locke y de Montesquieu, en que primariamente los poderes eran repartidos en tres funciones elementales, con tres órganos independientes, hoy las funciones se han diversificado, así como los mecanismos del Estado.

La división de poderes significa separar instituciones que compartan funciones de gobierno. Cuando instituciones separadas comparten competencias se requiere que cooperen entre ellas. La cooperación generalmente acontece a través de negociaciones. Al separar los poderes, la Constitución hace que el gobierno deba actuar a través de negociaciones y acuerdos, y no a través de órdenes. 

En este entender se la manifestado reciente la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo EVOLUCION LIBERAL Y OTRO c/ SAN JUAN, PROVINCIA DE s/AMPARO - CSJ 561/2023 en el voto de la mayoría “Que, finalmente, ante la trascendencia que presenta la cuestión sometida a consideración del Tribunal, se impone recordar, una vez más, que "la obligación de respetar y acatar el proyecto de república democrática que establece la Constitución Nacional pesa también sobre los partidos políticos, por su condición de instituciones fundamentales del sistema democrático (art. 38 de la Constitución Nacional). Es por ello que sus conductas deben reflejar el más estricto apego al principio republicano de gobierno y evitar cualquier maniobra CSJ 561/2023 ORIGINARIO Evolución Liberal y otro c/ San Juan, Provincia de s/ amparo. Corte Suprema de Justicia de la Nación - 17 - que, aun cuando pueda traer aparejado algún rédito en la contienda electoral, signifique desconocer las más elementales reglas constitucionales" (Fallos: 336:1756, considerando 15 y 342:287, considerando 33).” 

Mas aún, el Juez Rosenkrantz en su voto en particular ha sido muy claro en lo especifico al respeto a la Constitución Nacional “Que  el  desarrollo del  proyecto  constitucional argentino presupone entonces un marco político e institucional en el  que  se deben  conjugar las  reglas del  federalismo —entendidas  como las  que  aseguran que  los  pueblos de  las provincias   pueden  gobernarse   de   acuerdo  a   sus   propias decisiones—con  las reglas  que  caracterizan al  sistema republicano —como  el compromiso  de  los pueblos  de  dividir y ordenar el poder para evitar que se concentre indebidamente... Que el gobierno de la Nación y el que, según su artículo 5°, deben darse las provincias en sus respectivas constituciones es un gobierno cuya característica definitoria es la limitación del poder. Así lo afirmó categóricamente en su momento José Manuel Estrada, quien recordó que la limitación de los poderes de los gobiernos es una consecuencia central del principio republicano (Curso de derecho constitucional, ob. cit., T. II, página 29)... Que  es   un  rasgo   fundamental   del  sistema republicano de gobierno la existencia de mecanismos para evitar la concentración del poder y, en última instancia, evitar la dominación u opresión por parte de los gobernantes. Como se dijo en “El Federalista”:  “[l]a acumulación  de  todos los  poderes, legislativos, ejecutivos y judiciales, en las mismas manos, sean éstas de uno, de pocos o de muchos, hereditarias, autonombradas o electivas,  puede  decirse con  exactitud  que constituye  la definición  misma dela  tiranía”  (“El Federalista  N°  47”, Hamilton,  Madison y  Jay, El Federalista, México, Fondo de Cultura  Económica,  1957, páginas  204-205).  Recogiendo la experiencia histórica de la organización nacional, nuestra Constitución se hizo eco de la misma preocupación al prohibir, bajo pena de nulidad insanable, la concesión de facultades extraordinarias, de la suma del poder público, o de sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna (artículo 29).

Las sociedades democráticas se definen por su capacidad para contener las demandas sociales por canales institucionales: todo grupo social debe poder contar con instancias de diálogo con quienes son responsables de la gestión pública.

Los poderes del Estado son responsables de velar por el mandato constitucional y de proveer las garantías necesarias para el ejercicio de estos derechos. El debate en torno a la colisión de derechos y el rol de los Estados como garante y armonizador de esos derechos anticipa un debate necesario. 

Los Derechos Humanos son valores inherentes a la condición humana. En las democracias consolidadas, ser sujeto de derecho no entraña una superioridad moral sino el compromiso de vivir en una comunidad de iguales, en la que los conflictos se resuelven por el diálogo y no por la violencia. La igualdad libera intereses en pugna y las demandas desnudan los conflictos que obligan al Estado al debate para encontrar una solución. El derecho a protestar y el ejercicio de la libertad para expresar disconformidad, indignación y para peticionar a las autoridades son un lenguaje para resolver los conflictos. El compromiso mínimo con los Derechos Humanos es aceptar esa deliberación, porque el diálogo y la negociación son esenciales al sistema democrático.

A principio del milenio, cuando ya se comenzaba a insinuar en toda la región la tensión entre estos derechos, Comisión Interamericana de Derechos Humanos estableció “que el derecho a protestar debe ser protegido, pero sin dejar de considerar que no es absoluto, por lo que puede regularse con la limitación del tiempo, lugar y forma, en beneficio del espacio público; sin intervenir en el contenido de la protesta. La custodia del “orden público” implica tanto la seguridad de quienes protestan como de quienes no lo hacen”. Es entonces cuando el Estado debe acudir, con normas claras y apegadas a los estándares internacionales de Derechos Humanos. No para menoscabarlo sino, por el contrario, para garantizar su ejercicio dentro del cauce constitucional. El Estado no puede jerarquizar los derechos, de lo que se trata es del saludable y difícil equilibrio de garantizar esos derechos e impedir que su ejercicio afecte a terceros. 

En las sociedades democráticas, las personas y la población en general se organizan y expresan sus demandas de formas distintas y por medio de estrategias que varían de la denuncia a la presión directa, y de formas más institucionales y estructuradas, a través de organizaciones formalmente constituidas, aunque también abarca estrategias no institucionales, manifestaciones y protestas espontáneas y de gestación horizontal. 

En el Caso López Lone y otros Vs. Honduras. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 5 de octubre de 2015, ha manifestado que “el derecho a la protesta debe ser considerada la regla general, y las limitaciones a este derecho deben ser la excepción. La protección de los derechos y libertades de otros no deben ser empleados como una mera excusa para restringir las protestas pacíficas.40 A su vez, al aplicarse, los Estados deben tener presente que estos derechos se ejercen de modo interdependiente durante una manifestación o protesta, en palabras de la Corte Interamericana: "La posibilidad de manifestarse pública y pacíficamente es una de las maneras más accesibles de ejercer el derecho a la libertad de expresión, por medio de la cual se puede reclamar la protección de otros derechos". 

Los Estados tienen la responsabilidad primordial en materia de promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular en el contexto de las manifestaciones pacíficas. También de velar por que la legislación, las políticas y las prácticas, para el libre ejercicio de los derechos de reunión pacífica, de expresión y de asociación, se ajusten al derecho internacional de los derechos humanos. Las manifestaciones pacíficas pueden darse en todas las sociedades, incluso manifestaciones que sean espontáneas, simultáneas, no autorizadas o restringidas. Estas pueden aportar una contribución positiva al desarrollo, el fortalecimiento y la efectividad de los sistemas democráticos y contribuir al pleno disfrute de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. 

Llegamos a la votación en general pero no puede dejar de señalar que algunos no son capaces de dialogar frente a un momento tan importante para el futuro de Jujuy. Los que opinan sin conocer; los que dicen cosas sin sentido y pronuncian consignas vacías, que a veces suenan bien pero que, en el fondo, no tienen contenido. Se que enfrente están los interesados y los incoherentes, que no tienen ideas ni proyectos para Jujuy; que buscan sólo un puesto o un cargo y dicen y hacen cualquier cosa para llegar a tenerlo. Entiendo, pero No comprendo.