Opinión

Reforma laboral: la desregulación es el único mecanismo para crear empleo y lograr crecimiento

El Senado comenzará a tratar esta semana el proyecto de Ley Bases que tiene media sanción de Diputados e incluye la reforma laboral.

Columna Cuellar
Columna Cuellar

Alejandro Cuellar por Alejandro Cuellar | 06-05-2024 12:00

La Ley de Bases ya tiene media sanción en la Cámara de Diputados y ahora va por el Senado. Además, la Cámara Baja aprobó en particular el capítulo de reforma laboral que también se pondrá a consideración de los senadores.

Fueron 147 votos afirmativos con el apoyo del sector de la oposición "moderada". En la ocasión, no hubo planteos sobre modificaciones de ninguno de los 15 artículos ofrecidos en el proyecto de ley. La presión de la CGT sobre cuestiones estrictamente sindicales obturaba la viabilidad de la iniciativa oficialista. Finalmente la situación se destrabó corriendo la cuestión sindical y se dio el visto bueno a los artículos vinculados a la relación entre empleado y empleador resaltando particularmente el período de prueba.

El instrumento que será examinado desde esta semana en el Senado presenta los siguientes ítems que permitieron el acuerdo en mayoría de los legisladores: 

  • Eliminación definitiva de las multas por trabajo no registrado
  • En período de prueba, el empleado tendrá pleno derecho a las prestaciones laborales por accidente o enfermedad
  • El trabajador podrá denunciar la falta de registro por parte de la empresa. La Afip deberá habilitar un medio electrónico para dar curso a la medida
  • El período de prueba tendrá seis meses de vigencia. Las convenciones colectivas de trabajo podrán ampliar ese período hasta ocho meses en las empresas de entre seis y cien empleados. Las compañías con cinco podrán ampliar este periodo hasta un año
  • En los casos de despido sin justa causa, habiendo mediado preaviso y luego de transcurrido el período de prueba, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, tomando como coeficiente la mejor remuneración del último año. Se excluye el aguinaldo y otros conceptos de pago semestral o anual. Mediante convenio colectivo, las partes podrán sustituir este régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral, cuyo costo estará siempre a cargo del empleador, con un aporte mensual no superior al 8% de la remuneración computada
  • La indemnización se agravará en un 50% si el despido está motivado en un acto discriminatorio y hay sentencia judicial que verifique el hecho
  • La participación en bloqueos o tomas de establecimientos se tipificará como una grave injuria laboral interpretada como causa de despido
  • Las empresas no podrán contratar dos veces a la misma persona bajo el concepto de período de prueba
  • El uso abusivo de una empresa durante el período de prueba para evitar la incorporación del empleado a la planta estable será sancionable

Al término de la maratónica sesión, el presidente Javier Milei dijo que "es un primer paso para sacar a la Argentina del pantano". El jefe de Estado ponderó "la enorme tarea de todos los legisladores que decidieron acompañar nuestro proyecto". Por otra parte, legisladores nacionales que provienen de las filas sindicales vinculadas al kirchnerismo denunciaron que el capítulo laboral es el "atropello y el ensañamiento con los trabajadores y los indigentes".

Desde Jujuy, el diputado de la LLA, Manuel Quintar, sostuvo: "vamos a eliminar las indemnizaciones que llevaban a la quiebra a las empresas y vamos a un fondo de cese laboral en donde el empresario todos los meses pagará una cuota a una aseguradora o a un sindicato de acuerdo a lo que plantee la reglamentación de acuerdo al destino de esos recursos que van a permitirle al cesanteado contar con recursos hasta que consiga un nuevo trabajo. De esta manera no se va a llevar puesta a la empresa".

La Argentina se debate sobre dos caminos a seguir: la propuesta anacrónica de una dirigencia que se resiste a soltar el pasado defendiendo una norma de 1974 que es la Ley de Contrato de Trabajo, un mecanismo vigente desde hace 50 años que procura la protección del trabajador a través del estado de bienestar y la representatividad de los empleados vía sindicatos. En medio siglo, la norma no hizo más que trabar e imposibilitar el uso eficiente del factor trabajo.

Hoy asistimos a un cambio de época. La flexibilidad laboral se define como la capacidad de los individuos en el ámbito económico y en el mundo del trabajo de renunciar a sus hábitos y adaptarse a las nuevas circunstancias. La desregulación laboral es el único mecanismo para crear empleo y lograr el crecimiento económico de los países y empresas. La rigidez institucional del mercado de trabajo en Argentina es la causa de la ineficiencia de su propio funcionamiento ya que no crea empleo en el país desde hace 12 años.

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